El 911 no atendió

Quedó firme la sentencia que obliga al Estado a pagarle a la familia de Florencia Romano por el deficiente accionar policial previo al femicidio

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Una de las marchas pidiendo justicia por Florencia Romano en Casa de Gobierno.

El Estado mendocino deberá pagarle a la familia de Florencia Romano -la adolescente asesinada en Maipú hace poco más de dos años- $12 millones de pesos por la responsabilidad que le cabe en el deficiente accionar policial al desatender un llamado al 911 que intentó denunciar los pedidos de auxilio de la joven. 

Así lo resolvió la Cámara Civil tras una audiencia de conciliación entre las partes, que desistieron de continuar con los reclamos y recursos de apelación a una sentencia que en 2022 dictó Marina Lilen Sánchez, del Tribunal de Gestión Asociada 3.

La magistrada resolvió en ese momento que el Estado tuvo responsabilidad en el destino final de Florencia, pero redujo considerablemente el monto que esperaba la familia en la demanda al Estado: de 300 millones de pesos que esperaba, ordenó pagarle $11.976.520.

La sentencia se conoció poco después de que trascendiera que, como parte de su estrategia ante la demanda, el gobierno de Rodolfo Suarez culpó a la familia "en un 50%" por el femicidio, siguiendo la línea trazada desde el inicio por el entonces jefe de la Policía, Roberto Munives y que luego sostuvo el oficialismo en todas sus líneas, desde el gobernador y el ministro de Seguridad a los legisladores de Cambia Mendoza.

Con esa línea argumental, Suarez y sus funcionarios cargaron toda la responsabilidad en la operadora que atendió la llamada del 911 y cortó sin brindar asistencia al vecino que alertó sobre el pedido de auxilio de Florencia. Y pretendieron cerrar el caso cuando se encarceló al femicida.

En su fallo, la jueza determinó en cambio que "se verifica la falta en servicio dado que la agente policial operadora del CEO evidenció una conducta negligente y con impericia al no dar el tratamiento adecuado a la denuncia de la probable comisión de un delito muy 'grave' perpetrado contra una persona a la que el Estado debía proteger (mujer adolescente) y que fuera denunciado con precisiones de tiempo y lugar".

"Asimismo, se verifica en el caso nexo adecuado de concausalidad con el daño que invocan los accionantes en tanto de haberse dado curso a la llamada telefónica, muy probablemente la muerte de Florencia se habría evitado y aún sin que ello ocurriera, podía eludirse la agonía de sus familiares ante el desconcierto sobre su paradero", postuló la funcionaria judicial.

Acerca del pedido económico de los Romano, señaló la conjueza: "Resulta prudente aclarar que el resultado no puede estar alejado de los criterios de ponderación que establecen las normas que rigen el sistema de Responsabilidad civil, y más precisamente al Derecho de daños, que como ya se indicó tiene una finalidad preventiva y resarcitoria mas no sancionatoria".

Ahora esa sentencia quedó firme.

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