Familias campesinas y agricultores nucleados en la Unión de Trabajadores Rurales Sin Tierra repudiaron el embate oficialista y del PJ contra la Ley 7722, que prohíbe el uso de cianuro y otros tóxicos en la minería. Se plegaron así al enorme rechazo de vecinos, agrupaciones ambientalistas y científicos del Conicet, entre otros, al cambio de una norma atacada de forma incesante por el lobby minero y defendida en las calles.
Argumentando la sequía que afecta a Mendoza -cuyos ríos, según pronóstico de Irrigación, tendrán la mitad del caudal la próxima temporada- y el aval de la Suprema Corte a la ley, y recuperando el concepto de "cuenca hídrica" -que remarcan, por ejemplo los pampeanos acerca del río Atuel- los campesinos consideraron las reformas como "regresivas" en cuanto al cuidado ambiental.
En este último punto avanzó la propaganda de las cámaras mineras a través de medios hegemónicos: machacan sobre la "zonificación" de la minería en el sentido de delimitarla como si fuera un mapa con división política, cuando en realidad el ejercicio de la minería afecta suelo, agua y aire, que no tienen frontera.
Este es el comunicado completo que difundieron en la víspera de un caravanazo provincial contra la reforma:
Repudiamos el intento de modificación de la Ley Provincial 7722, que fue sancionada en 2007 como fruto de la lucha del pueblo de Mendoza. Creemos que este nuevo embate desde el gobierno de Suárez, y parte del PJ, alentado por las empresas transnacionales megamineras, intentan consolidar un modelo extractivista, que a corto plazo degradará el medio ambiente y agotará, los ya de por sí escasos recursos hídricos en Mendoza.
Consideramos el agua como un bien natural que debe ser cuidado, preservado y priorizado para que las familias campesinas puedan producir alimentos sanos y vivir dignamente en el campo respetando el medio ambiente.
Son varios más los motivos por los que rechazamos la modificación y/o derogación de la LEY 7722. Algunos de ellos son:
• Mendoza atraviesa su sequía más larga en los últimos 110 años. El cambio climático vino para quedarse y se manifiesta en nuestra provincia con falta de precipitaciones en la alta montaña. Los ríos se encuentran en el 50 % de su caudal medio histórico. En este marco, sacarles agua a otras actividades para darle a la minería es inviable.
• La ley 7722 ya ha sido suficientemente analizada y evaluada. La Suprema Corte de Mendoza ya se expidió acerca de su constitucionalidad con argumentos contundentes.
• Cualquier reforma de una ley ambiental debe ser progresiva, nunca regresiva en su status protectivo del ambiente. Es decir, no se debería avanzar sobre regulaciones que impliquen un empeoramiento o retroceso de la protección ambiental ya alcanzada con anterioridad.
• La aprobación legislativa de las Declaraciones de Impacto Ambiental es un paso necesario considerando el impacto y trascendencia que esta actividad genera. Los senadores y diputados son representantes de las distintas regiones, por ende, tienen suficiente representatividad de la sociedad que los eligió. Los proyectos de reforma proponen eliminar y/o reemplazar esta instancia por comisiones.
• La ley 7722 incorpora la noción de cuenca hídrica en la identificación del área afectada por cada proyecto al exigir el dictamen sectorial de los municipios que se encuentren en la cuenca potencialmente afectada.
• Los permisos para decidir la realización de un proyecto de gran escala no puede ser entendida por departamento sino por cuenca hídrica. Un municipio no puede decidir ejecutar emprendimientos económicos que puedan afectar negativamente a los departamentos que se encuentren aguas abajo.
• La matriz productiva de la provincia debe ampliarse con actividades sustentables que no pongan en riesgo el agua como bien natural escaso para las generaciones presentes y futuras.
• La desocupación se soluciona poniendo en marcha las fábricas paradas y las fincas abandonadas por la falta de políticas económicas que protejan a los productores que históricamente sostuvieron la provincia. La actividad minera a gran escala es una actividad cortoplacista, que apenas deja exiguos beneficios de desarrollo local, para después condenar a los territorios con impactos ambientales irreversibles.
• La población se ha expresado una y mil veces, y lo seguirá haciendo. La megamineria contaminante es una actividad que, a las claras no tiene licencia social. Se trata de una actividad saqueante, secante y contaminante.