La Suprema Corte de Mendoza sentenció la constitucionalidad de la Ley 7.722, que prohíbe el uso de cianuro y otros contaminantes en la actividad minera metalífera, en un fallo sobre diversos planteos de los empresarios mineros que consideraron afectados sus negocios por la norma aprobada y promulgada en el ocaso del gobierno provincial del radical Julio Cobos, en 2007. La decisión judicial implica una derrota mortal para los megaintereses mineros sobre Mendoza, puesto que los metales no pueden extraerse con rentabilidad significativa sin usar cianuro para separarlos de las rocas separadas con dinamita del macizo andino.
Los grupos de ambientalistas y los políticos más comprometidos con las restricciones a la minería metalífera celebraron desde el miércoles en la tarde el fallo que la Corte ordenó difundir oficialmente a las 0 del jueves.
Celebramos la decisión de la Corte #constitucionalidad7722 la Ley del Pueblo. Coincide la mayoría de los mendocinos pic.twitter.com/wriD0pYLLO
— jorge difonso (@JorgeDifonso) diciembre 17, 2015
El derrame de cianuro en la mina sanjuanina Veladero, de la emblemática Barrick Gold, ocurrido en setiembre y la victoria en las elecciones provinciales del radical Alfredo Cornejo le dieron impulso a la decisión de la Suprema Corte. Habilitar el uso del cianuro a las mineras en la cordillera de Mendoza le hubiese costado a los jueces supremos un generalizado repudio social amparado en las posibilidades ciertas de que el cianuro puede escurrirse de los controles y contaminar los ríos, como pasó en la vecina provincia en un hecho que todavía está bajo investigación de la Justicia de San Juan y de la Federal.
A la par de ese elemento de presión contra la pretensión del lobby minero, el mandatario flamante no hizo nada desde que ganó las elecciones, el 21 de junio, para impulsar las inconstitucionalidades pretendidas por los empresarios, como sí lo había hecho la administración del peronista Francisco Pérez, que intentó por todos los medios abrir la montaña a proyectos metalíferos, pero chocó contra el rechazo social y la impericia de los propios operadores de los intereses mineros. Cornejo no estuvo dispuesto a pagar el costo del desgaste que hubiese implicado una cruzada prominera con el nivel alto de rechazo social que la actividad genera en la Provincia.
El poderoso lobby minero nacional se centró contra la Ley 7.722 con el máximo poder de fuego jurídico disponible. Multiplicó las causas contra la convivencia constitucional de la norma regulatoria de la minería en la Provincia hasta que la Corte Suprema acumuló todos los expedientes por inconstitucionalidad, hace más de cuatro años.