El 95% de los presos en las cárceles de Mendoza bajo la figura de prisión preventiva excede el plazo de encierro estipulado por ley según denunció el informe anual de Xumex. En contrario, existe un abuso de esa figura por parte de los Fiscales de Instrucción, señala la institución, bajo la cual permanece detenido el 48% de los presos en los penales de la provincia, profundizando la superpoblación carcelaria.
En los últimos 5 años, la población penal de la provincia aumentó en más de un 50%, según el documento citado. En 2015 en Mendoza la tasa de prisionización fue de aproximadamente 232 cada 100.000 habitantes, muy superior al índice nacional de diciembre del 2014, que era de 161,85 cada 100.000 habitantes.
Actualmente, de los más de 4.000 detenidos, el 52% tiene sentencia condenatoria firme mientras que el 48% restante son personas detenidas por orden del Ministerio Público o bajo el régimen de prisión preventiva ordenada por un Juez de Garantías.
"Estamos hablando de personas cuya sentencia condenatoria aún no ha sido dictada, que gozan de presunción de inocencia y que aún así deben padecer de igual modo las lamentables condiciones de detención que ostentan nuestras cárceles", señala el informe aludido, que incluyó un extenso apartado a la situación de los penales mendocinos.
"La realidad es que absolutamente todos los establecimientos de ejecución de la pena privativa de libertad de la provincia se encuentran sobrepoblados, ocupados muy por encima de su capacidad real, y exageradamente por encima de un criterio respetuoso de derechos constitucionales", añadió.
El centenario penal de Boulogne Sur Mer, cuyas plazas declaradas por el propio Servicio Penitenciario en diciembre de 201314 eran 700, hoy aloja aproximadamente a 961 personas, es decir: un 37% más del permitido. Almafuerte, construida para 700 internos, aloja a más de 1.200, superando su capacidad en más de un 70%. San Rafael, con 318 plazas, alberga a 376 detenidos presentando una sobrepoblación de casi el 20%, "lo que a las claras indica que existe un verdadero colapso del sistema", puntualizaron los expertos.
El abuso de la prisión preventiva
Uno de los factores que contribuyen a la crítica situación que se vive dentro de los complejos penitenciarios de la provincia -señala Xumek- es la gran cantidad de personas que se encuentran detenidas sin el debido control judicial y habiéndose vencido el plazo previsto legalmente para hacerlo.
"Pese a las disposiciones legales, que establecen que la detención no debe durar más de 10 días (art. 348 del Código Procesal Penal según Ley N° 6.730 y concordantes) para la inmediata puesta a disposición del Juez de Garantías (para que disponga su libertad o dicte un auto de prisión preventiva), los Fiscales se toman la atribución de demorar estas detenciones un promedio de 4 meses y en muchos casos más de 8 meses, por sobre lo legalmente permitido", puntualizaron.
Se trata de una privación de libertad dispuesta por el órgano acusador que si bien podría nacer legítima, el vencimiento del plazo la convierte en ilegítima.
"Debido a que se afectan derechos fundamentales de una persona que aún no ha sido declarada culpable, debe priorizarse el mantenimiento de la libertad del sospechado. Considerar que los plazos con que cuentan los órganos judiciales para realizar determinados actos, encontrándose la persona detenida, son meramente ordenatorios, vulnera la garantía constitucional de ser juzgado en un tiempo razonable y derechos de rango constitucional (art. 75 inc. 22), que llevan a estimar que cuando haya personas detenidas el plazo debe ser perentorio y las demoras deben constituir una situación excepcional, justificada y sujetas a estricto control judicial", se lee en el documento de Xumek.
Averiguación de antecedentes, la única política criminal
En su informe de 2014, la asociación advertía que en Mendoza “bajo la noción de más seguridad, en la actualidad, la única política criminal que la Provincia ha sabido ejecutar a la perfección es la detención por averiguación de antecedentes”, una figura bajo la cual se hacer redadas masivas y/o selectivas en ciertas barriadas.
La arbitrariedad que le da la figura de averiguación de antecedentes a la policía para detener a personas es uno de los resortes en los que se sostienen en la práctica los apremios, torturas y asesinatos encuadrados en lo que se denomina gatillo fácil pero abarca una figura mucho más amplia de abusos policiales.
El FIT presentó un proyecto para eliminar el inciso 3, del artículo 11, de la Ley 6.722, que establece la detención por averiguación de antecedentes. Esta figura fue introducida por el gobierno dictatorial del dirigente del Partido Demócrata Bonifacio Cejuela, en 1982; y en 1999 modificada (pero no derogada), bajando el tiempo de detención de 24 a 12 horas. Pero fue cajoneado.
Es más, en octubre pasado, con las firmas de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó examinar un recurso de la APDH referido a los derechos de los habitantes de Mendoza que son detenidos masivamente por la Policía “por averiguación de identidad y antecedentes”.
El informe completo de Xumek: