Austral presentó una denuncia contra dos de sus pilotos y Victoria Xipolitakis por poner en riesgo un avión al permitir a la vedette participar de un vuelo en la cabina

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vicky

Austral presentó una denuncia contra los pilotos Patricio Zocchi y Federico Matías Soaje y contra la vedette Victoria Xipolitakis por el delito de “puesta en peligro de la seguridad de una nave", según lo establece el artículo 190 del código penal, por haber permanecido en el interior de la cabina durante el despegue de un avión de esa compañía.

La denuncia -presentada por los apoderados legales de la compañía aérea y que recayó en el Juzgado Nº 12 de Instrucción Penal y en la Fiscalía 2-, realiza en primera instancia un relato pormenorizado de los hechos ocurridos el 22 de junio en el vuelo AU 2708, que partió desde Aeroparque rumbo a Rosario a las 18.30, utilizando una aeronave Embraer 190, matrícula LV-CET.

Luego describe brevemente las normativas de seguridad vigentes de acuerdo a las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), emitidas por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).

Al enumerar las normas infringidas, señala en particular los “requerimientos de operación, operaciones regulares internas e internacionales, operaciones suplementarias” que refieren a la admisión de personas en la cabina.

En este sentido, la denuncia agrega que según los registros fílmicos analizados, los pilotos dejaron ingresar a una persona ajena a la tripulación que no reúne ninguno de los requisitos mencionados por la normativa, y que ni siquiera podría incluirse en la salvedad establecida por el ítem de “razones justificadas”.

Agrega que no sólo se infringió esta obligación de no permitir el ingreso a cabina de terceros, sino que tampoco se le impuso que debía permanecer en silencio durante toda la operación de despegue, operación que debe respetarse hasta alcanzar los 10.000 pies de altura.

Aclara el escrito que puede verse en los videos como la pasajera, con la anuencia y cooperación de la tripulación técnica, mantiene una profusa conversación durante todas las etapas del vuelo.

Añade que otro dato de extrema gravedad, que de verificarse daría lugar a la configuración del delito penado por el artículo 190 del Código Penal, es el procedimiento del despegue donde la tripulación cedió los controles de la aeronave por un instante a la pasajera.

Y especifica que esto no está permitido a menos que sea un piloto habilitado para el tipo de avión y que dependa administrativamente del explotador, ninguno de cuyos requisitos es reunido por Xipolitakis.

La denuncia hace mención al conocimiento por parte de los tripulantes del manual de operaciones, donde se especifica claramente que sólo pueden ingresar a la cabina de pilotaje miembros de la tripulación, inspectores de vuelo, representantes de la autoridad aeronáutica competente, despachante de aeronaves, tripulantes del explotador y personas autorizadas por el comandante por razones justificadas.

Suma a esto que la misma normativa establece la necesidad de privilegiar la seguridad del vuelo evitando distracciones dentro de la cabina.

En la conclusión los letrados indican que, de probarse la denuncia, puede tenerse por acaecido el elemento del artículo 190 en cuanto a que se exige que la puesta en peligro de la aeronave “sea a sabiendas”.

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Y fundamenta esta posición en que los pilotos conocen perfectamente la normativa y habrían permitido deliberadamente que una persona no autorizada manipulase los controles de la cabina de la aeronave.

Aduce que la propia pasajera manifestó un cabal conocimiento del delito al mencionar que por lo que estaba sucediendo “vamos presos todos”.

Solicita la denuncia el secuestro de los equipos celulares de los implicados, el secuestro del material fílmico, la certificación por Internet de los videos subidos y la declaración testimonial de dos personas.

Fuente: Télam

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