El juez federal con jurisdicción en San Rafael, Alvear y Malargüe, Eduardo Puigdéngolas, aseguró que el rechazo al amparo contra el tarifazo del gas que resolvió días atrás contra la ONG Protectora, sede Sur, se debió a errores procedimentales en el pedido. Después del frazadazo de repercusión nacional y el fallo de la jueza Olga Pura de Arrabal a favor de la misma institución sede Capital, el magistrado dijo ahora estar predispuesto a darle curso a una presentación similar.
"Esto es muy fácil de solucionar, aunque no puedo suplir la inacción o torpeza de las partes", cuestionó el magistrado a la presentación de la ONG.
Fue después de que los intendentes de San Rafael, General Alvear y Malargüe -el justicialista Emir Félix y los radicales Walter Marcolini y Walter Vergara Martínez, respectivaente- anticiparan que este lunes irán a la justicia federal con una “acción declarativa de inconstitucionalidad” y una medida cautelar, para pedir la suspensión inmediata de todas las resoluciones que modificaron el cuadro tarifario. Serán acompañados con un reclamo del Gobierno Provincial en el mismo sentido.
"Si me presentan un recurso que sea viable, como en tantas otras miles de causas, yo lo abro. Yo directamente rechacé el amparo en el entendimiento que no es la vía para tratar una cuestión tan compleja. Es una cuestión estrictamente procesal, no es la de fondo", remarcó el Puigdéngolas al diario San Rafael.
El magistrado cuestionó el amparo presentado por la ONG Protectora en San Rafael: "No es el marco procesal, deben elegir otra vía, no es labor mía. Si yo fuera abogado de una de las partes sabría qué es lo que tengo que interponer en un tema tan complejo. Hay que demostrar con pruebas una serie de cuestiones, y un amparo es un marco muy limitado, hay otro tipo de acciones que pueden ser acompañadas con una medida cautelar", e insistió en que "un amparo no puede estar indefinidamente en el tiempo sin resolverse".
El juez señaló que "si yo hubiera abierto el amparo, debía tratar la medida cautelar y considerar si era razonable o irrazonable, si violaba el principio de igualdad en relación a otras provincias o si tuvo lugar una audiencia pública. Eso no ocurrió por tratarse de una vía procesal incorrecta. Esto es muy fácil de solucionar, aunque no puedo suplir la inacción o torpeza de las partes".