El Gobierno de La Pampa prohibió las ventas de agroquímicos porque incumplen los estándares de seguridad que exige la Ley. La veda total regirá "hasta que estén dadas las condiciones", advirtió el área ambiental del gobierno del peronista Sergio Ziliotto.
La medida se adoptó por el incumplimiento por parte de la Fundación Campo Limpio, la ONG de los contaminadores, en este caso, de los requerimientos establecidos en la Ley Nacional N° 27.279. Es la que determina la construcción de Centros de Acopio Transitorio de los envases y el sistema de trazabilidad de los bidones con restos contaminantes.
La Fundación Campo Limpio debe remediar los pasivos del negocio de los agroquímicos. En ella se reúnen los responsables del negocio que contamina en las condiciones actuales.
La Pampa implementó la prohibición de comercialización de químicos para el agro a través de una disposición de la Subsecretaría de Ambiente. El subsecretario Fabián Titarelli rechazó un pedido de prórroga formulado por la Fundación Campo Limpio para cumplir con los requerimientos que impone la Ley en relación a los depósitos en los que deberían acopiarse los envases después de ser utilizados.
La disposición expresa que “encontrándose incumplido el Sistema de Gestión Integral de Envases Vacíos de Productos Fitosanitarios presentado por la Fundación Campo Limpio declárase operativo el artículo 10 de la Ley Nº 27279 y por ende prohíbase la comercialización de agroquímicos en jurisdicción de la provincia de La Pampa a todos los registrantes que la integran, conforme lo expresado en los precedentes considerandos”.
Aclara en el artículo cuarto que la prohibición estará vigente hasta el momento en que la autoridad de aplicación disponga el cese del incumplimiento, previa habilitación y funcionamiento del Sistema de Gestión Integral de Envases Vacíos de Productos Fitosanitarios correspondiente a la Fundación Campo Limpio.
La misma disposición intimó a esa entidad a "poner en funcionamiento el sistema de recolección itinerante a través de empresas operadoras y/o de transporte habilitadas para la operación y transporte interjurisdiccional de residuos peligrosos en el plazo de veinte días corridos, debiendo presentar su propuesta en el plazo de diez días corridos a los efectos de su aprobación, conforme lo expresado en los precedentes Considerandos, bajo apercibimiento de realizarlo la Autoridad de Aplicación a costa de la Fundación Campo Limpio”.