No cumple el fallo F.A.L.

Mendoza lleva ocho años desoyendo el exhorto de la Corte sobre el aborto legal

Share
Tiempo estimado de lectura: 3 minutos

Una multitudinaria concentración en la explanada de la Casa de Gobierno de Mendoza. Foto: Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito.

En el marco del día de la Acción Global por el Acceso al Aborto legal y seguro, la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir Mendoza recordó que esta provincia aún no adhiere al protocolo legal de Interrupción Voluntaria del Embarazo.

Mendoza se encamina a cumplir 13 años cajoneando un proyecto de protocolo de atención a los abortos legales que avala el Código Penal  y ocho desoyendo el exhorto de la Corte Suprema de la Nación, que en 2012 falló sobre la interpretación que se debe dar al artículo 86 del Código Penal de la Nación, que establece que el aborto no es punible “si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre” o si “el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente”.

Según un informe presentado por la Campaña, sólo 10 de las 23 provincias, incluyendo Ciudad Autónoma de Buenos Aires, están adheridas al Protocolo Nacional que reanudó el Ministro de Salud de la Nación, Ginés González García, al comienzo del mandato en diciembre de 2019.

Éstas son Ciudad y Provincia de Buenos Aires, Entre Ríos, Santa Fé, Jujuy, La Rioja, La Pampa, San Luis, Chubut y Tierra del Fuego. Por su parte Río Negro cuenta con protocolo porpio.

Los protocolos de Catamarca, Córdoba, Chaco, Misiones, Mendoza, Neuquén y Santa Cruz no cumplen los estándares del fallo F.A.L., ni están adheridos al protocolo nacional.

En Mendoza hay una "Guía técnica para la atención de personas con derecho a la interrupción legal del embarazo (2018)" pero no es una adhesión al proptocolo nacional. Por otra parte, existe una resolución de la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP), que aprobó el Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE).

Salta se encuentra adherida al protocolo del 2015 y Tucumán, Santiago del Estero, Formosa, Corrientes y San Juan no cuentan con protocolo propio ni adhieren al nacional.

Este es el mapa que elaboró la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir Mendoza:

Informe actualizado del aborto legal por provincias.

Qué dice el exhorto de la Corte Suprema

La Corte interpretó (en el fallo F., A. L.) cómo y cuándo se debe dar acceso a un aborto, y pidió a las distintas jurisdicciones del país que lo reglamentaran para que pudiese practicarse sin inconvenientes.

Establece entre otras cosas:

–El permiso para el aborto procede en todos los casos de violación, sin importar la capacidad de la mujer (hasta entonces, por como estaba redactado el artículo, había un debate sobre si sólo podría practicarse sobre “mujeres idiotas”);

–No se exija autorización judicial, ni denuncia policial previa en ningún caso;

–El único requisito habilitante para el aborto sea una declaración jurada;

–Se garantice la información y la confidencialidad a la usuaria;

– Se eviten procedimientos administrativos o períodos de espera que retrasen innecesariamente la atención y disminuyan la seguridad de las prácticas;

–Se eliminen los requisitos que no estén médicamente indicados;

–La objeción de conciencia sea manifestada en el momento de la implementación del protocolo o al inicio de las actividades en el establecimiento de salud correspondiente (esto permite que en caso de que un médico declare objeción de conciencia se pueda preveer la presencia de otro médico para asegurar el acceso.

Share