Edenor y Edesur deben pagar $490 a cada usuario con hasta 24 horas de corte, $760 hasta 48 horas y $870 por más días

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La tabla de resarcimiento fue publicada este martes en el boletín oficial. Los montos no incluyen el pago de artefactos arruinados por la deficiencia del servicio.

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Las distribuidoras eléctricas de  Buenos Aires pagarán en la próxima factura el resarcimiento por los cortes.
Las distribuidoras eléctricas de Buenos Aires pagarán en la próxima factura el resarcimiento por los cortes.

 

El Gobierno nacional oficializó este martes los resarcimientos que deberán abonar a sus clientes las distribuidoras eléctricas Edenor y Edesur por los cortes de luz registrados durante la intensa ola de calor de diciembre último en la Capital Federal y el conurbano bonaerense.

Los montos a saldar según la cantidad de horas que los usuarios estuvieron sin suministro en medio de las altas temperaturas del mes pasado fueron publicados hoy en el Boletín Oficial a través de la resolución 12014 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), y van de 490 a 870 pesos y se duplican en el caso de reiteraciones.

El ENRE intimó además a Edenor y Edesur "a fin que procedan al inmediato restablecimiento del servicio a sus usuarios, bajo apercibimiento de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder en el marco de la normativa vigente".

La medida establece el pago de 490 pesos para los afectados por las interrupciones de suministro de energía eléctrica de entre 12 y 24 horas, ocurridas durante el período iniciado el 16 de diciembre pasado y hasta el momento de su reposición total.

Para los cortes de 24 a 48 horas, el resarcimiento será de 760 pesos, y para los superiores a 48 horas corridas se elevará a 870 pesos, tal como había anticipado la semana pasada el ministro de Planificación, Julio De Vido.

Si los usuarios afectados también fueron damnificados por los ceses del servicio registrados a fines de los años 2010 y 2012, el monto del resarcimiento será el doble.

El ENRE aclara que esos pagos no incluyen los daños producidos a las instalaciones yo artefactos de propiedad del usuario, cuyo reconocimiento cuenta con un procedimiento específico.

Se destaca asimismo que las distribuidoras deberá incorporar en la factura un mensaje al usuario consignando claramente este último punto dispuesto.

El resarcimiento a los usuarios deberá ser acreditado en la próxima factura a emitirse, consignando en forma desagregada y mencionando la resolución del ENRE, el crédito determinado y el saldo remanente, cuando corresponda.

Si ese crédito al usuario supera el valor final de la próxima factura, el saldo tendrá que ser necesariamente acreditado en las subsiguientes facturas, hasta concluir el resarcimiento.

Edenor y Edesur deberán detallar al organismo, en 30 días corridos, el cumplimiento del proceso de acreditación.

Según la resolución, lo dispuesto no excluye los reclamos que "por cualquier otro concepto, los usuarios estimen conducente realizar en virtud de los daños yo perjuicios eventualmente sufridos".

Fuente:  Infonews

 

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