Es por el precedente que sienta la sentencia a favor del removido ex juez de la Corte Suprema de Justicia Eduardo Moliné O`Connor por mal desempeño.
El destituido ex juez de la Corte Suprema de Justicia Eduardo Moliné O`Connor podrá percibir su jubilación "del régimen especial para magistrados", luego de que la Justicia declarase la inconstitucionalidad de una norma que lo impedía, indicaron fuentes judiciales.
La Sala Tercera de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la ley de Jubilaciones y Pensiones, que restringe el acceso a la jubilación de privilegio a los jueces que "previo juicio político, o en su caso, previo sumario, fueren removidos por mal desempeño de sus funciones".
Moliné, ex integrante de la denominada "mayoría automática" durante la gestión menemista, fue destituido por el Senado en diciembre de 2003 por "mal desempeño en sus funciones".
Moliné O`Connor, quien compartía sus funciones en la Corte con la vicepresidencia segunda de la Asociación Argentina de Tenis, había obtenido la jubilación especial en 1998, cuando aún era ministro del máximo tribunal, pero el beneficio quedó en suspenso mientras permaneció en el cargo, hasta que fue destituido.
En primera instancia al ex magistrado se le había denegado el beneficio jubilatorio especial, pero los camaristas Sergio Fernández, Jorge Argento y Carlos Grecco revirtieron ese fallo por considerar que se trataba de un "derecho en expectativa".
Según los jueces, cercenar el derecho a la jubilación especial violaría el artículo 60 de la Constitución, que establece que el juicio político sólo puede disponer la destitución de un juez, pero no crear "una secuela distinta", como quitarle el beneficio previsional especial.
Fuente: Télam