La Corte Internacional de Justicia de La Haya informó este lunes que “la República de Chile no contrajo la obligación legal de negociar un acceso soberano al Oceáno Pacífico para el Estado Plurinacional de Bolivia”. La decisión se logró con doce votos a favor y tres en contra, votos que corresponden a los jueces Patrick Lipton Robinson, Nawaf Salam y Yves Daudet.
El fallo se produce tras un proceso de alrededor de 5 años que comenzó el 2013. Dicha solicitud planteaba al tribunal una supuesta obligación de Chile a negociar con Bolivia para lograr un acuerdo que le brinde un acceso soberano al Océano Pacífico, tema que fue limitado y restringido por el mismo tribunal tras la objeción preliminar presentada por nuestro país.
Antes de plantear el dictamen, Abdulqawi Ahmed Yusuf, comentó por más de una hora los distintos argumentos planteados por el equipo boliviano para demostrar la presunta obligación mencionada para Chile.
El presidente de la Corte Internacional de Justicia de La Haya inició la comunicación del fallo comentando el significado y alcance de la demanda planteada por Bolivia.
“En el Derecho Internacional la existencia de una obligación de negociar debe quedar establecida de la misma manera en que se establece cualquier otra obligación jurídica”, planteó en esta fase de la lectura el juez, quien más tarde añadió que “una obligación a negociar no implica una obligación de llegar a acuerdo”.
Abdulqawi Ahmed Yusuf planteó que Bolivia “invoca ocho fundamentos jurídicos en apoyo a la obligación de Chile de negociar su acceso soberano al Océano Pacífico”, entre los que se cuentan los acuerdos bilaterales, declaraciones y actos unilaterales, y el alcance jurídico de instrumentos de actos y de elementos de conducta, entre otros.
Luego de revisar uno a uno estos elementos, el abogado determinó que “la República de Chile no contrajo la obligación legal de negociar un acceso soberano al Oceáno Pacífico para el Estado Plurinacional de Bolivia”.
Fuente: Nodal