Cobos y Verasay, ausentes

La oposición se retiró del recinto, pero igual se aprobó la ley para regular los alquileres

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Juntos por el Cambio y el Interbloque Parlamentario Federal se retiraron por segunda vez consecutiva de la sesión virtual este jueves cuando se iba a empezar a discutir la regulación por ley del mercado de alquileres. La norma, no obstante, se aprobó por 41 votos.

Establece que la duración de los contratos sean tres años y no dos, como es actualmente. También fija el índice de incremento de alquileres con una fórmula que balancea entre el índice del IPC y el índice de aumento de salarios.

Los senadores de Cambiemos se desconectaron en conjunto de la videoconferencia por lo que el oficialismo sancionará las leyes de alquileres y de SAS sin los votos de esos legisladores. Por Mendoza se retiraron sin discutir la ley en favor de los inquilinos Julio Cobos (UCR) y Pamela Verasay (UCR

Previamente, ambos interbloques difundieron una nota enviada a la presidenta del Senado, Cristina Fernández de Kirchner, en la que se argumenta que en el acuerdo alcanzado para sesionar de manera virtual "se ha habilitado de manera transitoria la posibilidad de las sesiones virtuales remotas en las condiciones excepcionales de la norma, solo para ser tratados aquellas leyes que requiera el Poder Ejecutivo Nacional y aquellas iniciativas que a criterio del H. Congreso de la Nación sean necesarias para combatir el Covid 19".

El texto que lleva la firma de los presidentes de los bloques del radicalismo, Luis Naidenoff; de PRO, Humberto Schiavoni, y del interbloque Parlamentario Federal, Juan Carlos Romero, acusa al oficialismo de "romper el indispensable marco de confianza requerido entre las partes para poder sesionar".

De dos a tres años

La Ley de Alquileres  extiende la duración del plazo de locación de dos a tres años y establece un mecanismo de actualización anual de los montos en base a una combinación entre el índice de inflación y el de salarios (Ripte).

El artículo referido a ese cálculo fue uno de los que mayor debate generó en la Comisión de Legislación General, ya que algunos senadores sospechan que podría dejar abierta la posibilidad de que haya más aumentos que los prometidos en la norma.

También regula las garantías que se podrán requerir y sus requisitos, donde se podrá proponer hasta cinco garantes y se incluirán requisitos más blandos, como bonos de sueldo, pólizas de caución, inmuebeles, ampliando el espectro.

Otro punto que aborda es el de las expensas extraordinarias, que tienen que ver con obras del edificio, que quedarán a cargo de los propietarios.

Educación a distancia

La primera normativa sancionada este jueves busca regular la modalidad de enseñanza a distancia implementada desde el comienzo del aislamiento dispuesto el 20 de marzo pasado.

En representación del Frente de Todos, la senadora del Frente de Todos por San Juan Cristina López Valverde explicó que lo que se busca con esta iniciativa es "darle un marco legal a las decisiones que se ha visto en la obligación de tomar el ministro de Educación, Nicolás Trotta, en el marco de la pandemia".

"Con esta ley se refuerza el derecho a la educación individual y social", sostuvo la legisladora del oficialismo y remarcó la característica de "excepcionalidad" que tiene esta modalidad de enseñanza al señalar que "la educación presencial es irreemplazable".

Por Cambiemos, Silvia Giacoppo (Jujuy) expresó que la propuesta "es necesaria" porque "garantiza continuidad al derecho a la educación", y señaló que "se debe garantizar el efectivo cumplimiento para los más vulnerables para que esto no sea solo un canto de sirena".

La nueva normativa de educación a distancia establece como "una excepcionalidad" a la modalidad de enseñanza en situaciones de emergencia.

Deberá contar con una declaración previa del Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo Federal de Educación o con la jurisdicción según corresponda, cuando la escolaridad presencial sea inviable, en caso de epidemias, pandemias, catástrofes o razones de fuerza mayor que impidan la concurrencia a los establecimientos educativos.

En el marco de esta excepcionalidad, deberán adoptarse disposiciones para la reorganización pedagógica e institucional del régimen académico y de la capacitación docente.

Asimismo, deberá atenderse la provisión de recursos tecnológicos y conectividad que promuevan la igualdad educativa con condiciones de calidad y la adopción de condiciones de salud y seguridad en el trabajo.

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