Carta a los legisladores

70 académicos y científicos del Conicet advirtieron sobre los riesgos de cambiar la Ley 7722

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A la organización de vecinos, ambientalistas, agricultores y estudiantes en toda la provincia se sumó en las últimas horas un documento firmado por investigadores del CONICET y profesores universitarios que advierten a los legisladores  sobre "la falta de debate público en torno a la supuesta conveniencia" de la derogación de la Ley 7722.

En paralelo al documento de los académicos, este lunes se vivirá una vigilia en distintos puntos de la provincia con caceroilazos, ruidazos y mateadas en plazas y calles para defender esa norma.

Los científicos y académicos ponen énfasis en las bondades de la ley para la protección de los recursos naturales de Mendoza, específicamente el agua.

Apuntaron también contra el principal argumento del lobby minero para derribar la ley: la supuesta ampliación de la matriz productiva. "La idea de desarrollo provincial a partir de la expansión de la minería aparece a todas luces simplificada y anacrónica y, en tanto, irresponsable. De las múltiples actividades con valor económico existentes en la provincia, la propuesta de insistir en viabilizar la minería como una de las principales alternativas, puede ser la peor forma de “ampliar” la matriz productiva".

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En el documento se critica el caballo de Troya con el que los promineros pretenden hacer pasar las reformas de la ley: la creación de puestos de trabajo y mayores controles ambientales.

"No se han ofrecido a la sociedad evaluaciones reales de cuánto contribuiría la minería a mejorar la economía provincial, ni de las partidas presupuestarias necesarias para materializar los controles ambientales que se prometen".

Este es el documento completo:

Frente a un nuevo intento de modificación de la ley 7722, los investigadores y docentes universitarios abajo firmantes queremos llamar la atención y aportar información relevante sobre la falta de debate público en torno a la supuesta conveniencia de su derogación. Al mismo tiempo manifestamos nuestro desacuerdo con la forma como se viene impulsando lo que entendemos sería un claro retroceso en materia ambiental y por lo tanto un alto riesgo e incertidumbre para todos los habitantes de la provincia.

 

La ley 7722 se gestó en el año 2007 como fruto de un creciente cuestionamiento social a la llegada de proyectos de minería a gran escala especialmente en las localidades del Valle de Uco, General Alvear y Gran Mendoza. Esto llevó a que representantes políticos locales y provinciales tuvieran que informarse sobre los potenciales impactos y alternativas de regulación de la actividad. En junio de ese año, algunos proyectos de ley que tenían la finalidad de regular la actividad minera, se debatieron en la legislatura provincial, sancionándose finalmente la ley 7722, el 20 de junio de 2007.

 

En concreto dicha ley contiene elementos fundamentales para la gestión ambiental del territorio mendocino:

 

- Pone énfasis en la tutela del recurso hídrico estratégico para Mendoza, solicitando una manifestación específica de impacto ambiental sobre los recursos hídricos (conforme a la ley ambiental provincial 5961);

 

-Le otorga un rol central en los informes previos y en el seguimiento a la máxima autoridad en esa materia, el Departamento General de Irrigación (DGI);

-Incorpora la noción de cuenca en la identificación del área afectada por cada proyecto, al exigir el dictamen sectorial de los municipios que se encuentren en la cuenca potencialmente afectada y;

 

-Prohíbe el uso de las sustancias químicas como cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, y de “otras sustancias tóxicas similares”. La diversidad de procesos mineros actualmente existentes, sumados a los que puedan desarrollarse en un futuro, impide la existencia de un listado exhaustivo de sustancias tóxicas.

 

A partir de la sanción de la ley comenzaron, por parte de sectores con intereses mineros, sucesivos cuestionamientos de inconstitucionalidad de la ley que se fundaron en los siguientes argumentos: la violación de derechos constitucionales de igualdad, legalidad, razonabilidad, debido proceso, propiedad y derechos adquiridos de las empresas; y discriminación.

 

Frente a esto el gobierno mendocino respondió destacando la importancia que tiene el agua en la provincia, así como también los ya evidentes impactos del cambio climático y la afectación de los glaciares. Además, consideró que la actividad minera extractiva no es una actividad equiparable en su desarrollo y consecuencias ambientales a cualquier otra actividad, por lo cual es el mismo Código de Minería el que estipula aspectos básicos para dicha actividad en materia de prevención y reparación de daños ambientales, los que son regulados para la minería y no para otras. Finalmente, destacó que no todos los procesos importan idéntica aplicación de las sustancias en cuestión, y que la minería metalífera es señalada por la doctrina especializada como de alto impacto contaminante, y con ello es razonable impedir que utilice ciertas sustancias que en otros procesos productivos no se meritúan de igual riesgo o peligro.

 

Sumado a ello, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, en 2015, resolvió que la 7722 es constitucional. Así, la máxima autoridad judicial de la provincia determinó que los legisladores mendocinos dictaron la ley dentro de sus competencias provinciales, bajo estándares de razonabilidad y como complemento de las normas nacionales. Resaltó asimismo que la prohibición establecida en la ley respecto del uso de determinadas sustancias en protección del recurso hídrico, no importa la prohibición de la actividad minera -de hecho, acaba de aprobarse la etapa exploratoria de Hierro Indio-, sino que “potencia el desarrollo de la misma en el marco de la protección del ambiente para las generaciones presentes y futuras”. Ejemplo de ello son los proyectos mineros San Jorge, Cerro Amarillo y Hierro Indio (en su primera versión), que fueron rechazados en la Legislatura provincial con fundamentadas

objeciones técnicas y legales.

 

En los sucesivos ataques a la ley se ha buscado cuestionar la legitimidad, así como los fundamentos de la misma con sorprendentes argumentos. El más inverosímil, es aquel que plantea que esta ley no contó con consenso social. El conflicto por megaminería se convirtió en las últimas décadas en el conflicto ambiental más importante de Mendoza y el más “federal”, por sus alcances territoriales a lo largo y ancho de la provincia en movilización y trascendencia pública. Cada vez que se intentó avanzar en su modificación, representantes de diversos partidos políticos tuvieron que dar marcha atrás para no pagar el costo político que esto podía significar. Existen monumentos a esta ley en municipios como General Alvear y, lo que es más importante, se ha forjado a una generación de jóvenes que son una voz cada vez más activa y renovada en los debates ambientales y sociopolíticos.

 

Más recientemente el sector minero viene planteando que Mendoza necesita diversificar su matriz productiva y que la apertura hacia las inversiones mineras constituye un elemento clave para el crecimiento económico provincial. Esta atractiva idea es, sin embargo, doblemente equivocada. Ni la falta de actividad minera es “culpa” de la ley ya que hay muchos otros elementos que hacen a la factibilidad y efectiva realización de un proyecto minero; ni la minería va a salvar a la provincia. Los propios empresarios mineros han expresado claramente que sólo el 11 % de los proyectos iniciados a nivel mundial son finalmente concretados. Además, los minerales son commodities (bienes con precios determinados internacionalmente), por lo tanto, un proyecto que hoy es “rentable”, llegado el momento de explotación puede dejar de serlo. Es lo que sucedió con el proyecto Potasio Río Colorado, que se retiró abruptamente de la provincia dejando atrás las promesas de empleos para muchos mendocinos.

 

Evidentemente la minería es una de las actividades económicas más riesgosas -en varios sentidos del término- y por lo tanto no ofrece ni a la sociedad ni al estado mendocino un horizonte de crecimiento, estabilidad y mucho menos sustentabilidad. La idea de desarrollo provincial a partir de la expansión de la minería aparece a todas luces simplificada y anacrónica y, en tanto, irresponsable. De las múltiples actividades con valor económico existentes en la provincia, la propuesta de insistir en viabilizar la minería como una de las principales alternativas, puede ser la peor forma de “ampliar” la matriz productiva. Además, esta opción por el camino fácil y cortoplacista desconoce los ya evidentes efectos del cambio climático y ambiental, en particular, sobre la decreciente disponibilidad de agua. No se han ofrecido a la sociedad evaluaciones reales de cuánto contribuiría la minería a mejorar la economía provincial, ni de las partidas presupuestarias necesarias para materializar los controles ambientales que se prometen. Tampoco parece haberse aprendido de los desastres ambientales y sociales que ha provocado la minería en la región.

 

Otro aspecto que se cuestiona desde quienes impulsan su modificación es la ratificación de la DIA por ley, lo que se traduce en su autorización por la legislatura provincial. Si la ley 7722 no existiera, bastaría con la autorización ambiental (la DIA) otorgada solo por acto administrativo del poder ejecutivo provincial. Si consideramos que la legislatura provincial constituye el órgano de máxima expresión de la diversidad de partidos políticos elegidos por voto ciudadano para representarnos, el paso de la DIA por la Legislatura provincial debería ser aplaudido como uno de los más participativos procesos que existen en el país en el ámbito ambiental. Paradójicamente en diversos medios de comunicación se viene sosteniendo que la minería en Mendoza debe tener un alto consenso social y político.

 

Es el mismo gobierno el que envió hace más de un año a ese cuerpo legislativo el proyecto de ley denominado Plan Provincial de Sequía que, reconociendo el impacto del cambio climático en los glaciares mendocinos, supone un cambio de paradigma ante la nueva normalidad de escasez hídrica. Este proyecto no ha merecido ningún tratamiento cuando el tiempo de actuar se agota fatalmente. Las prioridades son lógicas y no fruto de una lectura arbitraria.

 

Finalmente, frente a la equivocada necesidad de “actualizar” una ley que tiene sólo 12 años y que no ha sido aplicada en su integralidad, creemos indispensable que los legisladores asuman una actitud franca, informada y socialmente comprometida, expresiva del mandato democrático recibido. Muchos esfuerzos costó conseguir esta legislación que es ejemplar y de vanguardia en materia ambiental. Además de ilegal, retroceder en los estándares de control ambiental sería un perjuicio que será recordado por mucho tiempo por los habitantes de Mendoza.

 

Dr. Facundo Martín, FFyL-UNCuyo / CONICET
Dr. Facundo Rojas, FFyL-UNCuyo / CONICET
Dra. Elma Montaña, Docente FCPyS-UNCuyo / Inv. CONICET
Lic. Javier Vitale, Facultad de Ciencias Políticas y Sociales (FCPyS)-UNCUYO
Dra. María Fernanda Ozollo, Facultad de Educación-UNCuyo
Dr. Carlos Bernardo Passera, Docente Investigador, FCA-UNCuyo
Dr. Aldo Rodríguez Salas, Prof. de Derecho Ambiental
Dra. Laura Rodríguez Aguero, INCIHUSA-CONICET / UNCuyo
Dra. Patricia Collado, Facultad de Ciencias Políticas y Sociales (FCPyS)-UNCuyo / CONICET
Prof. Esp. Silvia Robledo, Facultad de Filosofía y Letras (FFyL)-UNCuyo
Dr. Sebastián Touza, FCPyS-UNCuyo.
Dra. Rosana Rodriguez, Prof FCPyS-UNCuyo
Dra. Lucrecia Wagner, CONICET
Esther Trozzo, Docente y Consejera Superior, Facultad de Artes y Diseño-UNCuyo
Dr. Pablo Rizzo, FFyL-UNCuyo, comisión directiva ICA
Prof. Claudia Paparini, Docente y Consejera Superior, FFyL, UNCuyo
Maria José López, Docente y Consejera Directiva, Facultad de Ciencias Médicas UNCuyo
Liliana Carrizo, Docente, Facultad de Ciencias Médicas, UNCuyo
Geog. Nicolás Parise, CONICET / Consejero Superior UNCuyo
Dr. Emanuel Jurado, Docente, Facultad de Ciencias Económicas-UNCuyo
Lic. Julia Barrientos, Docente, Facultad de Ciencias Económicas-UNCuyo
Dra. Leticia Saldi, CONICET
Dr. Alejandro Tonolli, Docente Investigador, Facultad de Ciencias Agrarias (FCA)-UNCuyo.
Ing. Agr. Andrés Nieto, Docente Investigador, Facultad de Ciencias Agrarias-UNCuyo.
Mag. Ing. Fernando Castro, Docente Investigador UTN-FRM
Lic. Roberto Salim, Docente Investigador UNCuyo / CONICET
Magter. prof. Mónica Pacheco, Facultad de Artes y Diseño-UNCuyo
Dr. Jorge Daniel Ivars, Profesor e Investigador, FCPyS-UNCuyo / CONICET
Dr. Gabriel Liceaga, Docente e Investigador, FCPyS-UNCuyo / CONICET
Prof. Lic. Marcelo Giraud, FFyL-UNCuyo
Dra. Paula Mussetta, Docente e Investigadora, Facultad de Ciencias Agrarias-UNCuyo / CONICET
Lic. Stella Maris De Lourdes Alcantú, Docente e Investigadora, Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria
Prof. Natalia Pucciarelli, FFyL-UNCuyo
Dra. Carmen Sartor, Docente Investigadora, FCA-UNCuyo
Mag. Marcelo Alberto, Docente Investigador FCA y FCEN-UNCuyo
Mag. Marcelo Martinotti, Docente Investigador FCA-UNCuyo
Ing. agr. Laura Mitjans, FCA-UNCuyo
Dr. Marcos Olalla, Facultad de Derecho-UNCuyo / CONICET
Raquel Sonzogni, Facultad de Medicina, UNCuyo
Vilma Rúpulo, Facultad de Artes y Diseño, UNCuyo
Jorge Michel, docente Facultad de Ciencias Médicas
Sol Couto, FFYL/UNCuyo
Rocío Peterle, FFYL/UNCuyo
Lic. Emilia Molina, UNCuyo / CONICET
Dra. Alejandra Gabriele, Facultad de Cs. Económicas- UNCuyo
Mag. Ana Marcela Ficcardi, Prof. FCPyS, UNCuyo. Juntxs y Diversxs
Cecilia Renee Salvo, Observatorio de Conflictividad Social, UNCuyo
Dr. Osvaldo Sironi, IANIGLA-CONICET
Dr. Gonzalo Scivoletto, Facultad de Derecho, UNCuyo
Mag. Laura Piazze, FCPYS-UNCuyo
Herta Poquet, Docente Investigadora, Facultad de Derecho-UNCuyo
Marita Banus, Docente FCPyS-UNCuyo.
Dra. Paula Damico, Instituto Interdisciplinario de Ciencias Basicas, CEN-UNCUYO
Cintia Bonomo, FFYL, FFyL/UNCuyo
Sofia Anton, Docente FCPyS UNCuyo
Lic. Alberto Molina, FCPyS-UNCuyo
Susana Lagos Silnik, Docente FCPyS UNCuyo
Verónica Gayá, Docente FCE-UNCuyo
Fabiola Aliaga, Trabajadora social
Ana Valeria Caroglio, socióloga, FCPyS-UNCuyo
Emiliano Diez, Facultad de Ciencias Médicas-UNCuyo
Lic. Sergio Onofrio, FCPyS-UNCuyo
Prof. María Marta Bernabeu, CONICET / FFyL-UNCuyo
Prof. Carla Sacchi, FFyL-UNCuyo
Norma Carrasco, Facultad de Ciencias Médicas, UNCuyo
Lic. Clarisa Suden, CONICET
Lic. Juan Pablo Filli, CONICET
Geóg. Matías Ghilardi, FFyL-UNCUYO / IDEHESI CONICET

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