El Estado nacional gastó 122 millones de dólares en los últimos tres años en la persecución penal de consumidores de marihuana. Esa tarea demandó entre el 40 y el 60 por ciento del trabajo de las fiscalías federales. El tiempo y los recursos destinados a la criminalización del consumo no disminuyeron con la sentencia de la Corte Suprema de la Nación que declaró que es inconstitucional la legislación que penaliza la tenencia de drogas para consumo cuando no hay afectación de derechos de terceros.
Ese panorama surge de una investigación sobre el comportamiento judicial frente a casos de este tipo, que encaró la asociación RESET Política de Drogas y Derechos.
La despenalización consagrada por la Corte en el caso Arriola se produjo en agosto de 2009. Desde entonces, se presentaron en el Congreso entre 25 y 30 proyectos que buscaban armonizar la legislación con la sentencia judicial. Ninguno llegó a ser tratado. Este jueves, miles de personas marcharon a la Plaza de Mayo a favor de la despenalización.
Para la Corte, la tenencia de drogas para el consumo personal es un acto reservado al ámbito privado de las personas. Y la intromisión del Estado en las conductas encuadradas en esa definición está vedada por la Constitución Nacional. Como consecuencia, invalidó el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley 23.737. Consideró que es inconstitucional la siguiente disposición: "La pena será de un mes a dos años de prisión cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, surgiere inequívocamente que la tenencia es para uso personal".
El Congreso ignoró el fallo de la Corte. La disposición de la Ley 23.737 declarada inconstitucional por el máximo tribunal hace 10 años sigue vigente.
Persecución en alza
Entonces, quedó a discreción de los tribunales inferiores la la aplicación de la Ley sin objeciones o de la jurisprudencia sentada por la Corte frente a casos de tenencia para consumo. La suerte del acusado quedó atada a la arbitrariedad del juez. Se irá sin haber cometido delito alguno si prima la línea del máximo tribunal o enfrentará un proceso penal si se impone la Ley vigente a secas.
La criminalización de los consumidores se ha expandido en los últimos años, puntualizó el abogado Mariano Fusero, presidente de RESET Política de Drogas y Derechos. Después de la marcha a la Plaza de Mayo, el titular de la ONG dio una entrevista a radio Continental.
Esa línea de acción fue impulsada por la política del gobierno de Mauricio Macri en la materia. La cartera de Seguridad, al mando de Patricia Bullrich, encuadró al autocultivo y al consumo dentro del universo del narcotráfico. Creció el número de detenidos y procesados por tenencia y cultivo, como la propaganda favorable a su persecución.
El debate por la adecuación de legislación a los fundamentos de la inconstitucionalidad lleva años, pero no logró saltar al centro de la agenda política. Sube y baja en la pauta de los medios masivos. Este jueves, ganó espacio en ese ámbito gracias a una multitudinaria manifestación que desembocó en la Plaza de Mayo con consignas en contra de la persecución a los cultivadores y consumidores. “Basta de presos por cultivar, basta de perseguir al consumidor”, reclamaron miles de personas.
Inseguridad jurídica
En las condiciones actuales, "las penas por consumir o cultivar dependen de la discrecionalidad y arbitrariedad de las fiscalías y los juzgados", cuestionó Fusero. Precisó que la pena puede ir de un mes a un año de prisión por tenencia para consumo. La tenencia simple puede ir hasta seis años de prisión. Y si la causa es por comercio, la pena puede ir de cuatro a 15 años de prisión. Ahí nomás insistió en que "la calificación depende más de la arbitrariedad de los funcionarios judiciales que de los hechos investigados".
El abogado instó a avanzar en materia legislativa en la línea que trazó la Corte. Esto es, considerar el consumo como una conducta privada sin consecuencias penales mientras no afecte derechos de terceros. Postuló alentar el cultivo individual o comunitario para sustituir a las redes ilegales de abastecimiento. En ese esquema, el cultivador tendría el mismo trato legar que el consumidor.
"El autocultivo es una conducta que, según interpretaron muchos juzgados, se debería considerar en los mismos términos que la tenencia en el caso Arriola. El autocultivo se visibiliza como una conducta que utilizan madres, padres y familiares para adquirir la sustancia con fines terapéuticos, pero es una conducta que también le sirve a cualquier persona que consume la sustancia, principalmente, para no caer en las redes ilegales de abastecimiento. Llegado a un extremo es algo que habría que alentar para que las personas que consumen la sustancia no vayan a financiar al crimen organizado. Siempre y cuando esta conducta no afecte derechos de terceras personas debería hasta alentarse para evitar que incurran en las redes ilegales", expresó Fusero.
El negocio de la prohibición
A renglón seguido, cuantificó la participación de la marihuana en el negocio de las organizaciones criminales. "El consumo de marihuana es el principal mercado que tienen las redes ilegales de abastecimiento. En Uruguay se dijo: 'Queremos darle un golpe al narcotráfico, saquémosle la sustancia que consume el 80 por ciento de la población consumidora de sustancias prohibidas, que es el cannabis. Monopolicemos la regulación en manos del Estado y permitamos a las personas acceder por la vía del autocultivo o a través de los clubes sociales del cultivo, con límites a la cantidad de producción y a la cantidad de miembros de un club, entre otras regulaciones. La tercera vía de acceso es el dispendio en las farmacias. Dándoles eso a las personas, logramos separar el mercado de la marihuana de las redes ilegales", expuso.
"Siempre que hablamos de esta materia tenemos internalizada la palabra regulación. No significa liberalizar, que cualquiera haga lo que quiera, sino una cuestión regulatoria. Si la persona adulta quiere acceder a una sustancia hoy por hoy considerada ilegal, tiene el derecho a acceder porque es libre sobre su propio cuerpo. Garanticemos una norma que le brinde cierta protección para que pueda ejercer esa conducta sin riesgo de sanción penal. Esto, además de garantizar derechos humanos básicos de las personas, también repercute en no dilapidar grandes sumas de dinero en perseguir perejiles que consumen o, eventualmente, madres que adquieren la sustancia para dársela a sus hijos con fines terapéuticos", agregó a favor de la despenalización.
"Estamos hablando de una sustancia que proviene de una planta no de una cocina de metaanfetamina. Estamos hablando de tener una planta en el jardín y consumir sus flores", puso en foco el abogado.