El Sindicato de Prensa de Mendoza rechazó este lunes el proyecto de ley presentado por el diputado provincial y presidente de la Cámara Baja, Andrés Lombardi, que busca sancionar a través del Código Contravencional a quienes difundan noticias falsas o “fake news”, y que fue promocionado el mismo día en que el Gobierno atacó a un diario que se salió de la agenda de propaganda pautada con millonaria publicidad del estado.
En su articulado, la iniciativa de Lombardi prevé prisión, entre otros, para sindicatos y organizaciones no gubernamentales que, según un criterio no establecido, "a sabiendas" difundiera "noticias falsas".
Este domingo el Gobierno cruzó en duros términos a diario Los Andes por hacerse eco del reclamo de sindicatos de trabajadores de la salud que -desde hace semanas- vienen advirtiendo sobre la falta de insumos para afrontar la pandemia en Mendoza.
En su página oficial de prensa el Gobierno de Mendoza dijo que era falsa a la información, y poco después el presidente de la Cámara de Diputados promocionó el impulso de un proyecto de su autoría para aplicar el Código Contravencional a quienes difundan "fakes news".
"Lejos de que el sindicato desconozca la existencia de este mecanismo de desinformación, preocupa que la iniciativa surja desde el Estado y, el cual, desde sus áreas de comunicación, también ha caído en la utilización de fake news para la propagación de su propia construcción de sentido", remarcó el SipreMza.
Agregó: "Junto a esto, desde el Ejecutivo se ha presionado en varias ocasiones a medios de comunicación -de diferentes maneras y con consecuencias que ya han sido denunciadas - luego de la publicación de ciertas noticias".
"Es de destacar que esta propuesta surja al mismo momento en que, desde el organismo de prensa de Gobierno, se desmintió un artículo que lo perjudicaba", sostuvo el gremio de periodistas sobre la nota de este domingo.
Abogamos por la plena defensa de las garantías constitucionales en cuanto al derecho a la libertad de prensa, no solo de las y los trabajadores, sino de la sociedad en su conjunto.
Vuelta a las acusaciones contra ambientalistas
El mismo día en que el Ejecutivo la emprendió contra el matutino, el presidente de la Cámara de Diputados fue más allá: amenazó con aplicar sanciones del Código Contravencional a las “fake news” a sabiendas de que son falsas.
A su turno, varios los oficialistas salieron a culpar al diario por dar una información que no está incluída en la propaganda oficial de las medidas de prevención y mitigación de la pandemia.
El Director de Despacho de la Gobernación y sobrino de Rodolfo Suarez, también fue parte de la avanzada oficial contra la nota periodística:
Este lunes, Lombardi hizo un raid mediático sin nombrar a Los Andes y poniendo en todas las entrevistas como ejemplo el caso aislado de una mujer que, en plena batalla popular por la no modificación de la Ley 7722 en diciembre, difundió por WhatsApp un audio mencionando a Mendoza como "territorio sacrificable".
En la previa del derribo de la ley, el audio fue ampliamente difundido por medios masivos de comunicación durante días, y. Esto le sirvió al Gobierno para vincular la lucha de vecinos y asambleístas con actividades extremistas y bajar la línea de la supuesta inocudidad del fracking y de las bondades de la Ley del Cianuro que impulsaba Rodolfo Suarez.
Lombardi dijo que la idea ahora es castigar a quienes "a sabiendas" difundan noticias falsas, sin aclarar qué son las "noticias falsas" a criterio de Lombardi, ni cómo se establecerá el criterio del "a sabiendas" que menciona.
Se lee en el proyecto de Lombardi:
Art. 1º: Incorpórese al Código Contravencional de Mendoza ( Ley 9099), el artículo 56 bis, el que quedará redactado en los siguientes términos :
Art. 56 bis: Quien a sabiendas difundiere, publicare, propagare o divulgare, por cualquier medio, noticias falsas con el fin de llevar a la población intranquilidad o temor, alterando así el orden público y/o democrático, siempre que el hecho no constituya delito, será sancionado con multa de quinientos (500) a dos mil (2000) UF y/o arresto de cinco (5) a veinte (20) días. La pena de multa será de hasta tres mil (3.000) U.F., si a consecuencia de dicha conducta se produjera además, el agravio a un particular por medio de calificativos lesivos a su honor.
Guarda para el final un párrafo que avanza contra la libertad de expresión y de denuncia de los sindicatos -que son la fuente de los reclamos en medio de la pandemia, así como las organizaciones fueron lasque llevaron las banderas de lucha por la 7722-:
"Si la infracción prevista en el párrafo anterior es cometida por funcionarios públicos, dirigentes sindicales o directivos de empresas privadas o asociaciones no gubernamentales se aplicará como pena accesoria el cumplimiento de diez (10) a treinta (30) días de trabajo comunitario".
Este es el proyecto completo de Lombardi: