Organizaciones internacionales y nacionales y comunidades mapuches se sumaron al pedido de Oikos para que la Suprema Corte de Mendoza declare inconstitucional el decreto 248 por el cual Alfredo Cornejo habilitó, a fines de 2017, que pueda avanzar el fracking en Mendoza sin los correspondientes estudios de impacto ambiental.
La Corte aún está en la etapa de admisión de pruebas, que cierra en marzo, y falta una instancia de audiencias finales para resolver sobre la constitucionalidad del decreto 248.
Archivo Explícito: el decreto de Cornejo que le dio luz verde al fracking en Mendoza
En una conferencia virtual expusieron miembros de Earthjustice, Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Asociación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos (Xumek) y de Identidad Territorial Malalweche, que se explayaron sobre los daños que produce la técnica y las irregularidades en las que incurrió el Gobierno de Mendoza con el decreto.
A principios de este año, varias de esas organizaciones acudieron a la Corte complementando la denuncia de Oikos.
La demanda de OIKOS está en la Suprema Corte, y argumenta que las normas de fracking violan las disposiciones constitucionales nacionales y provinciales de protección ambiental, así como la ley ambiental federal, porque no controlan adecuadamente el fracking ni protegen el derecho a un medio ambiente sano.
Por su parte, Xumek acudió en octubre de 2020 a la justicia para que frenara el fracking en un área de Malargüe a cargo de una de las petroleras de Vila-Manzano. Entre sus alegatos, además de la ausencia de estudios de impacto. figura el no haber escuchado a los pueblos mapuche de la zona.
AIDA: "Hay contaminación de acuíferos a perpetuidad"
Por AIDA expuso Andres Ángel - asesor científico del Programa de Agua Dulce, experto en Geología y magister en Políticas Públicas- quien se explayó sobre el aumento de la sismicidad inducida en zonas donde se práctica fracking, "generada al inyectar volúmenes de retornos en acuíferos y la contaminación de acuíferos a perpetuidad, sean o no de agua potable".
También habló de la contaminación del territorio en la instalación de la maquinaria y los pozos de fracking.
"Sólo hace falta ir a Neuquén o Catriel para ver la remoción de vegetación, la contaminación auditiva", señaló.
FARN: "El decreto 248 es inconstitucional"
Representando a la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) expuso Santiago Cané, coordinador de asuntos legales de esa organización.
Subrayó que "el decreto 248 fue dictado para legalizar el fracking y no para proteger el ambiente, es inconstitucional".
Agregó: "El Gobierno de Mendoza dictó el decreto para poner fin a los amparos contra el fracking, una actividad altamente riesgosa y dañina. con esto impidió que se suspenda la actividad sin contemplar los riesgos en el ambiente".
Recordó que para concretar esa maniobra, Cornejo llevó adelante "una audiencia pública el día de los inocentes el 2017. En su articulo 4 el decreto reconoce la ilegalidad de los pozos, y establece que la empresas decidirán cuándo hacen una evaluación de impacto y cuando presentan un aviso de evaluación de proyecto".
XUMEK: "Es un decreto en tensión con normas internacionales"
Por Xumek expuso María Jose González, abogada especialista en derecho ambiental. Esta organización se presentó como amicus curiae tras la demanda de Oikos.
"El decreto 248 se encuentra en tensión con la normativa nacional e internacional y con el estado de la ciencia y avances tecnológicos que alertan sobre la peligrosidad del fracking", marcó.
"Existe riesgo de daño irreversible"
Desde Bolivia también participó por AIDA Claudia Velarde, abogada del Programa de Agua Dulce de AIDA. Subrayó que "el decreto 248 no contempla todos los riesgos y daños irreversibles por el fracking, no toma en cuenta la incertidumbre científica y omite la implementación de medidas efectivas para evitar la consumación de los daños".
Velarde alertó que "existe riesgo de daño grave o irreversible al menos sobre la contaminación y destino final de las aguas, la radioactividad y la sismicidad inducida como efecto de la implementación del fracking".
Remarcó la omisión del principio de precaución, que es parte de la legislación nacional y del derecho ambiental, y que "puede y debe aplicarse a la técnica del fracking".
"El decreto 248 desconoce los compromisos internacionales al ignorar el incremento de las emisiones de metano que se producen como consecuencia de la implementación del fracking, lo que agrava el cambio climático y por consecuencia el respeto a los Derechos Humanos"
Cerró Valverde: "Se debe declarar la inconstitucionalidad del decreto 248. La Corte Suprema de Mendoza tiene la posibilidad de generar un precedente ejemplar a nivel internacional con la primera sentencia sobre fracking y cambio climático en América Latina".
"Se puede entrar a ciegas en el fracking o aprender de los errores de otros países"
Jacob Kopas representó a Earthjustice, organización de derecho ambiental de Estados Unidos. Recordó que "cuando como país entramos en el fracking 15 años atrás no sabíamos del impacto del fracking, no había estudios ni evidencia científica. Hoy Alemania, Francia, Irlanda, Inglaterra, Escocia, Tasmania están buscando la prohibición del fracking, lo mismo Estados Unidos".
Ahregó que "en Mendoza hay dos caminos a seguir, se puede entrar a ciegas sin entender los impactos del fracking, o pueden optar por aprender de los errores de otros países y conocer mejor los impactos antes de probar la actividad".
Malalweche: "La seguridad privada de las empresas nos bloquea el acceso a la zona"
Cerró la conferencia la organización Identidad Territorial Malalweche, representada por Gabriel Jofré. Este grupo presentó una tercería para ser parte del proceso de Oikos ante la Corte por inconstitucionalidad del decreto 248.
"En Malargüe iniciaron la práctica sin hacer los procesos administrativos, sin comentarnos, de una manera sorpresiva en el territorio, y un año después reglamentaron. En todas esas instancias nosotros planteamos el derecho a la consulta previamente informada", sostuvo.
"En este decreto apareció de una forma recortada, se violó el proceso de consulta, desconociendo aspectos fundamentales como la ocupación del territorio de las comunidades Lof Limay Kurref, El Morro y Lof Morral Pincheira. En 2017 intentamos organizar una inspección comunitaria de las comunidades, y con grupos de seguridad privada y funcionarios de las mismas empresas nos bloquearon el acceso a las zonas", rememoró.
"Entendemos que si hay condiciones de seguridad jurídicas y garantías ¿por qué hacen de esta manera las cosas? Al no cumplir con los procedimientos e insistir con esta técnica de altos impactos, es momento que la Corte ponga realmente a la justicia del lado de los pobladores y no se deje presionar por las corporaciones2, cerró.
Esta es la conferencia completa: