Delitos informáticos

Organizaciones sociales y de DD.HH. alertan por el uso político o persecutorio del "agente digital encubierto" que avaló el Senado

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El Senado avaló, con dólo dos votos en contra, la creación del agente digital encubierto. Foto: @senadomendoza

Organizaciones de Derechos Humanos alertaron por la creación del "agente encubierto digital" que aprobó el Senado semanas atrás y el riesgo de que "en manos de actores -o con fines- desviados conduzcan a una desproporcionada invasión de la intimidad y/o utilización con fines políticos o persecutorios".

El Senado aprobó a inicios de agosto la creación de la figura del agente encubierto a través de una modificación en el Código Procesal Penal de la provincia para casos de delitos graves informáticos.

Sin embargo, también contempla la propuesta que cuando se encuentren archivos informáticos que pueden resultar útiles para la investigación de un hecho delictivo diferente al que motivó la autorización judicial, podrán ser incautados, previa autorización del Juez de Garantías actuante.

Xumek y Red Popular de Acceso a Derechos (RePAD), manifestaron una " profunda preocupación" sobre  la posibilidad de intervenir dispositivos de manera remota.

Expusieron su postura en el "Foro por la progresividad de los Derechos Humanos y las Garantías Constitucionales: Debate sobre la figura del Agente Encubierto Digital” en la Legislatura el 30 de agosto de 2022.

En esa ocasión, Marcelo Stern, de la Casa por la Memoria y la Cultura Popular, remarcó que el espía encubierto informático "no se puede analizar sin contextualizar lo que estamos pasando en Argentina. Venimos de un esquema donde los máximos poderes de la Nación han vulnerado principios de defensa elementales. Por ejemplo se cableó completa la cárcel de Ezeiza vulnerando la intimidad de presos políticos con la excusa de una investigación por narcotrádico de la expresidenta. Se armó una red de espionaje a víctimas del ARA San Juan, y el desarrollo del sistema espionaje contó con la complicidad más que importante del sistema judicial".

Agregó que "en el marco provincial no es menor la gravedad, porque sigue la línea de la UCR-PRO a nivel nacional. Hay que recordar que la administración en Mendoza comenzó a desarrollar un sistema de persecución de opositores políticos que realmente es preocupante. Militantes opositores seguidos en Facebook, exiliados en su trabajo, trasladados, con procesos de persecución y hostigamiento psicológico. En Mendoza hay docentes procesados por recibir una nota en una escuela. Hay militantes sociales procesados imputados, como Nora Moyano, de secuestrar legisladores".

En el tratamiento en el Senado, sólo hubo dos votos en contra, el de los peronistas Rafael Moyano y de Bartolomé Robles.

Alerta por el uso con fines políticos y/o persecutorios

Por su parte, XUMEK y RedPad señalaron: "Existe una evidente necesidad de adaptación y respuesta a nuevas formas de criminalidad (organizadas o no) que se valen de los medios digitales, el anonimato que ello confiere, la innecesaridad de estar presente en “el lugar del crimen tradicional”  y, en suma, las barreras que ello impone a la autoridad. La disociación entre el lugar en que se despliegan los actos de ejecución de delito y el lugar donde se produce el resultado dañoso (la intimidad de la víctima) es imposible de abordar con una legislación que data de otro siglo"

Sin embargo, desde Xumek y RePAD consideramos que esta necesidad no puede ni debe implicar que las nuevas herramientas se presenten no sólo como herramientas de investigación y prevención (dejando de lado de momento la discusión de si una normativa procesal puede encerrar facultades de prevención) sino como elementos que en manos de actores -o con fines- desviados conduzcan a una desproporcionada invasión de la intimidad y/o utilización con fines políticos o persecutorios.

En ese sentido apuntaron que Argentina asumió compromisos internacionales que, al menos, deberían contemplar la observancia de:

  1. La transparencia, de modo que el Agente Encubierto Digital no devenga en investigador-persecutor;
  2. la imparcialidad, por lo que las herramientas no deberían estar en manos de la Policía provincial en función de prevención sino exclusivamente en manos del Ministerio Público y que se restrinja su utilización a investigaciones penales;
  3. y la proporcionalidad, en la extensión y duración del uso de las herramientas digitales.

De este modo, es que solicitaron que "se discuta la modificación del Código Procesal Penal de la Provincia de Mendoza teniendo en cuenta la perspectiva de Derechos Humanos y que se escuche atentamente a las organizaciones de la sociedad civil, haciéndolas parte del debate".

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