Ocurrió el 10 de junio pero pasó casi desapercibido: a través de una resolución, Patricia Bullrich puso en marcha una Unidad de Seguridad Productiva dependiente del Ministerio de Seguridad con el objetivo de aumentar el despliegue de las Fuerzas de Seguridad en las provincias y así blindar a las actividades mineras y petrolíferas de los reclamos y las resistencias ciudadanas.
Se trata de una especie de brigada que actuará a modo de seguridad privada y a pedido de las empresas y los gobiernos que decidan militarizar determinados territorios para evitar o repeler las protestas.
La resolución está alineada con el proyecto gubernamental próximo a convertirse en Ley, donde se contempla la explotación de los recursos y el extractivismo. El Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones (RIGI) justamente asegura una reducción de impuestos y facilidades especiales para las inversiones del sector.
Con la Resolución 499/2024 se habilitará una mayor protección a los intereses empresariales de las empresas referidas a Vaca Muerta en Neuquén, en las provincias con litio y resistencias sociales, como en Jujuy (Salinas Grandes) y Catamarca. También Mendoza es blanco de las apetencias de mineras que pretenden llevarse el cobre, el oro y la plata de la cordillera.
La norma estipula en cuanto a la selección de los sectores o empresas que reciban el apoyo de la Unidad de Seguridad Productiva que será una decisión que quedará “exclusivamente a criterio de esta cartera o de las órdenes que recibiere del Poder Ejecutivo”. Tendrán en cuenta a la hora de actuar, la repercusión de los hechos de inseguridad en el “quehacer racional” y en la opinión pública.
Esta Unidad de Seguridad Productiva estará dentro de la Dirección Nacional de Operaciones y Despliegue Territorial.
Según el Gobierno, la unidad se justifica porque existen actividades productivas prioritarias "donde se asegurará la plena actividad".
“Existen sectores de la economía que, a causa de su gran contribución al crecimiento del país debido al volumen de su producción, a la magnitud de su aporte, a la sensibilidad del material derivado de su actividad o al alto valor de sus productos, requieren de una seguridad especial”, se lee en la resolución.
La responsabilidad primaria de la Dirección Nacional de Operaciones y Despliegue Territorial es diseñar y ejecutar las acciones necesarias entre la Subsecretaría y las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales para comprobar el cumplimiento de las políticas de seguridad.
El RIGI como blindaje legal de las mineras
El blindaje a las empresas no será solamente desde el punto de vista de la seguridad sino también en lo jurídico: el RIGI, además de asegurar reducción de impuestos y facilidades especiales para las inversiones del sector, establece que "sin perjuicio del ejercicio legítimo de las jurisdicciones y competencias locales, cualquier norma o vía de hecho por la que se limite, restrinja, vulnere, obstaculice o desvirtúe lo establecido en el presente título por parte de la Nación como las provincias, por sí y por sus municipios, y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que hubieran adherido al RIGI, será nula de nulidad absoluta e insanable y la Justicia competente deberá, en forma inmediata, impedir su aplicación".
Esto quiere decir que ninguna norma legal local, provincial, administrativa o judicial podrá ir en contra de las inversiones. Entonces, si se llega a sancionar una ordenanza o una ley provincial, o la justicia local dicta un fallo que contradice los intereses de los inversores, automáticamente la justicia federal va a dictar su nulidad absoluta, porque van a privilegiar los intereses económicos por sobre la población.
En Mendoza esto ocurre en contexto de un nuevo embate prominero que encaró Alfredo Cornejo apenas asumió y que convierte en letra muerta la Ley 7722 desde la aprobación del nuevo Código de Procedimiento Minero. Como muestra: los más de 300 proyectos agrupados bajo el nombre "Malargüe Distrito Minero Occidental" que se beneficiarán con la aprobación de una sola Declaración de Impacto Ambiental, y no como exigía la 7722, una DIA por proyecto tratada en el ámbito legislativo.
El RIGI presenta amplios beneficios tributarios y aduaneros, tales como:
• Reducción de impuesto a las ganancias;
• Pago de IVA con crédito fiscal;
• Eximición del pago de tasa estadística, impuesto país, derechos de importación;
• Eximición del pago de derechos de exportación luego del tercer año y del segundo si es
considerado exportación estratégica;
• No aplican percepciones de IVA y ganancias;
• Es posible utilizar el impuesto a los débitos y créditos bancarios a cuenta del impuesto a las ganancias;
• Cuenta con amortización acelerada para las inversiones
• Ganancias que proviene de dividendos, utilidades y remesas tiene una alícuota 7%, luego de 7 años de adhesión y 3 años desde el cierre del ejercicio fiscal que se realizaron las utilidades será 3,5%.
Entre los beneficios cambiarios, se encuentra la eliminación de la exigencia a liquidar dólares producidos por sus exportaciones en el mercado de cambios de Argentina, a partir del tercer año desde la fecha de adhesión al RIGI. Los titulares de VPU pueden optar por dirimir los conflictos con el Estado en el CIADI. En línea con estas características, los balances o estados contables pueden ser presentados en dólares, algo nunca visto en Argentina que se rige por el Código Civil y Comercial que establece balances en la moneda de curso legal.
Adicionalmente, cuenta con 30 años siguientes de estabilidad fiscal desde la fecha de adhesión al régimen.
El RIGI permite computar como proyectos, con iguales beneficios, la compra de acciones hasta 15% al tiempo que en el articulado del proyecto no se excluyen dentro de las “Grandes Inversiones” a las “inversiones de cartera”.