En la víspera del G-20

El juez Lleral cerró la investigación por la muerte de Santiago Maldonado y absolvió al gendarme Echazú

Share
Tiempo estimado de lectura: 3 minutos

El juez federal Gustavo Lleral ordenó el cierre de la investigación por la desaparición y muerte de Santiago Maldonado por considerar que su fallecimiento se produjo por una “sumatoria de incidencias” y que "nadie fue penalmente responsable por su muerte". Además, el magistrado absolvió al único imputado en la causa, el gendarme Emanuel Echazú, por su responsabilidad en el operativo represivo que culminó con la desaparición y posterior deceso de Maldonado. La APDH adelantó que apelará la medida.

Santiago Maldonado desapareció tras un operativo represivo comandado por Patricia Bullrich en el Lof Cushamen y por 78 días nada se supo de él hasta que su cuerpo fue hallado en un lugar que fue varias veces rastrillado. No obstante, señala Lleral, "ha quedado categóricamente probado que la víctima pereció en el lugar en el que Lucas Ariel Naiman Pilquiman lo vio por última vez, y allí permaneció ininterrumpidamente hasta que el 17 de octubre de 2017 fue encontrado".

“Los hechos que se presentaron en el presente caso no constituyen delito. Nadie forzó la desaparición de Santiago. Nadie resultó señalado, por la prueba que se colectó, como autor de aquella hipótesis delictiva. Nadie fue penalmente responsable de su muerte”, plantea la sentencia de 263 páginas.

Sobre el operativo represivo el juez describió a los manifestantes del Pu Lof como "personas encapuchadas" que portaban piedras, boleadoras y otros objetos en actitud amenazante hacia las fuerzas, que en realidad debían despejar la ruta, que a la hora del operativo ya estaba despejada. Indica: “A partir del enfrentamiento con los manifestantes que desarrollaban aquella medida, se trasladó al interior del predio ocupado por el denominado Pu Lof en Resistencia Cushamen , ubicado a la vera de ese camino nacional”, agregó sin cuestionar la entrada no autorizada a la comunidad por parte de Gendarmería.

Acerca del momento de la muerte de Santiago, señala el magistrado: “La verdad se mostró sencilla, sin fascinaciones. Santiago estaba en el lugar donde lo vieron por última vez. Allí, el sólo, sin que nadie lo notara, se hundió (...) La desesperación, la adrenalina y la excitación naturalmente provocadas por la huida; la profundidad del pozo, el espeso ramaje y raíces cruzadas en el fondo; el agua fría, helada humedeció su ropa y su calzado hasta llegar a su cuerpo. Esa sumatoria de incidencias contribuyó a que se hundiera y a que le fuera imposible flotar, a que ni siquiera pudiera emerger para tomar alguna bocanada de oxígeno. Por la confluencia de esas simples y naturales realidades, inevitables en ese preciso y fatídico instante de soledad, sus funciones vitales esenciales se paralizaron”, indica un fragmento de la sentencia. Luego, Lleral asegura: “La verdad es esa”.

El llamado del amigo

 

Según Lleral "ha quedado desdibujada la posibilidad de que luego de la desaparición de Santiago Andrés Maldonado" se haya respondido un llamado de Ariel Garzi. Es más, pone en duda el llamado cuando dice "el llamado que supuestamente le efectuó su amigo".

Sigue el fallo:  "La realidad es que los informes recabados de las diversas empresas telefónicas que pudieron intervenir en el tráfico de la llamada telefónica en cuestión, indicaron que aquellos 20 segundos aproximados de duración de la señalada comunicación, declarados por Mariotti Garzi, no suponen necesariamente que la llamada haya sido efectivamente atendida por el destinatario. Por el
contrario, indican que ese tiempo, durante el cual aquel testigo supuestamente escuchó ruido ambiental, pudo bien corresponder al tiempo de espera de conexión entre quien llama y el destinatario,
durante el cual es posible escuchar ruidos similares a los ambientales. Además, la compañía de telefonía chilena a la que pertenecía la línea de la víctima, tampoco informó movimientos durante aquella fecha".

Agregó que "ha quedado probado también que el teléfono celular y los chips de telefonía móvil que Santiago Andrés Maldonado solía usar con él, no se encontraban consigo cuando se trasladó al Pu Lof aquel 31 de julio de 2017. Por el contrario, dichos elementos habían quedado en su casa en El Bolsón, desde donde los recogió su hermano Sergio Maldonado para luego entregarlos al tribunal".

Lleral desacarta de plano la hipótesis de la desaparición forzada:"Corresponde descartar por completo la hipótesis criminal acerca de la presunta desaparición forzada de Santiago Andrés Maldonado. Y tampoco se advierte la comisión de ninguna otra acción humana penalmente relevante que guarde estricta relación con los hechos objeto de la presente causa. Porque, en definitiva, no se constató la participación penal de persona alguna en los desgraciados hechos que se investigaron".

Este es el fallo completo del juez Lleral:

Noticia en desarrollo

 

 

Share