Por unanimidad la Suprema Corte de Justicia dictaminó que no es inconstitucional la prisión perpetua. El presidente del cuerpo, Dalmiro Garay, y el resto de los ministros, Omar Palermo, Julio Gómez, José Valerio, Pedro Llorente, Mario Adaro y María Teresa Day, resolvieron que mantener a una persona encerrada de por vida no viola la Constitución ni los tratados internacionales a los cuales Argentina adhirió.
El fallo fue suscitado a raíz del cuestionamiento del juez Eduardo Martearena, quien se negó a aplicar la condena de prisión perpetua a tres personas que habían sido sentenciados por homicidio agravado en un juicio por jurados. Se los había encontrado culpables del homicidio agravado por el concurso premeditado y alevosía de Juan Leonardo Lucero, ocurrido en el año 2017.
La postura de Martearena derivó en una audiencia pública convocada por la Corte en donde expusieron desde juristas a víctimas de delitos y presos que cumplen en este momento prisión perpetua.
Entre los expositores estuvo Viviana Beigel, querellante en juicios de lesa humanidad, quien expuso cómo los genocidas que cometieron crímenes durante la dictadura tienen condiciones de cumplimiento de la pena más laxas que un condenado a perpetua.
Fallo unánime pero dividido
Aunque los siete supremos votaron por la constitucionalidad de la prisión perpetua, hubo diferencias. Garay, Valerio, Llorente y Day votaron por su parte una postura mientras que Palermo hizo una argumentación aparte a la que adhirieron Adaro y Gómez.
Este es el fallo completo de la Corte: