Guerra del agua

Un juez federal de La Pampa suspendió el decreto de Milei a favor de Mendoza por las regalías de Los Nihuiles

El juez federal Juan José Baric suspendió el Decreto 982/2026 y restituyó a La Pampa el 50% de las regalías de Los Nihuiles en la pugna con Mendoza.

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Complejo Los Nihuiles.

El Juez Federal de Santa Rosa, Juan José Baric, dejó sin efecto el Decreto 982/2026 del Poder Ejecutivo Nacional, restableciendo para La Pampa el cobro del 50 % de las regalías del Complejo Hidroeléctrico Los Nihuiles. La medida cautelar tomada a instancias de una presentación del gobierno pampeano pausa la vigencia del decreto de Javier Milei que asigna la totalidad de las regalías a Mendoza.

La resolución responde a la presentación judicial iniciada por el Gobierno de La Pampa bajo las instrucciones del gobernador Sergio Ziliotto. La demanda solicitó la suspensión de los efectos de la normativa dictada por el gobierno central para resguardar los ingresos económicos que la jurisdicción pampeana percibe desde hace más de cinco décadas.

La disputa interprovincial existe hace 53 años. La política fue incapaz de resolverla. La decisión de Milei no hizo más que incendiar el conflicto. La política pateó la pelota a la cancha de la Justicia. Apoyanos en Cafecito

El fallo emitido por el Juzgado Federal de Santa Rosa hace lugar a la medida cautelar interina encuadrada en la Ley 26.854. La disposición ordena la suspensión inmediata de los artículos 3° y 4° del Decreto 982/2026, frenando la aplicación del esquema de transferencia total de fondos hacia la provincia de Mendoza.

La medida mantendrá su vigencia hasta tanto se tramite y resuelva la cuestión de fondo solicitada en el expediente, que es ni más ni menos que la propiedad de los derechos de regalías de la generación eléctrica de la central del complejo Los Nihuiles. Asimismo, la administración judicial requirió al Poder Ejecutivo Nacional la presentación del informe previo dispuesto por el artículo 4 de la Ley 26.854 en un plazo de tres días hábiles a partir de la notificación oficial.

Conflicto histórico

La controversia por los recursos del Complejo Hidroeléctrico Los Nihuiles constituye un diferendo político y territorial entre Mendoza y La Pampa que nació hace 53 años. La falta de un acuerdo político definitivo entre las administraciones subnacionales y el Estado central ha mantenido la disputa en el ámbito administrativo y judicial de manera permanente.

El reparto de las regalías hidroeléctricas en partes iguales fue fijado originalmente mediante el Decreto 1560/73. Desde la promulgación de esa norma en 1973, La Pampa percibió la mitad de los cánones generados por el complejo de generación eléctrica situado sobre el río Atuel.

La firma del Decreto 982/2026 por parte del gobierno nacional alteró la estructura vigente al establecer que el 100 % de los recursos generados quedara bajo la órbita de Mendoza. Esta modificación unilateral motivó la inmediata reacción institucional de las autoridades pampeanas ante los tribunales federales.

Argumento del fallo

El planteo promovido por la representación jurídica de La Pampa sostiene que la percepción de los fondos no radica de manera exclusiva en el texto del Decreto 1560/73. La postura provincial fundamenta la vigencia del cobro en instrumentos de mayor jerarquía legal suscritos con posterioridad.

El antecedente central argumentado ante la Justicia Federal es el convenio firmado en 1992 entre el Estado Nacional, Mendoza y La Pampa.

El tratado interjurisdiccional contó con la ratificación de las Legislaturas provinciales de ambos distritos y la posterior homologación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Apoyanos en Cafecito

La cláusula quinta del acuerdo de 1992 estipuló expresamente que el Estado Nacional, Mendoza o las entidades administradoras del Complejo Hidroeléctrico Los Nihuiles debían saldar las regalías a La Pampa en el marco de la Ley 15.336 y el Decreto 1560/73. De este modo, la norma quedó consolidada como una obligación tripartita formal.

El texto acordado en 1992 instituyó un mecanismo de fiscalización operativa mediante el cual La Pampa conserva facultades de control sobre el funcionamiento de las instalaciones de Los Nihuiles, con el objetivo de verificar los volúmenes de producción energética e inspeccionar la liquidación de las obligaciones patrimoniales correspondientes.

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