El juez de ejecución penal Sebastián Sarmiento rechazó la resolución a través de un hábeas corpus de los pedidos de prisión domiciliaria para las presas de El Borbollón que están dentro de la población en riesgo de contraer COVID.
Fue tras presentaciones en favor de las detenidas a los cuales el juez les respondió que el hábeas corpus no reemplaza a los jueces y procedimientos a los cuales les incumbe resolver sobre cada presa en cuestión.
"Respecto de los pedidos de prisión domiciliaria y la revisión de los criterios de privación de libertad, ya me he pronunciado en varias ocasiones, y especialmente ante esta situación de emergencia sanitaria, que la acción de habeas corpus dispuesta por la Constitución Nacional, leyes nacionales, códigos de procedimiento provinciales; no autorizan, en principio, la sustitución de los jueces naturales de la causa, así como tampoco la sustitución de los procedimientos legalmente dispuestos", señaló Sarmiento.
Citando jurisprudencia al respecto, apuntó en el escrito que: "En principio, el hábeas corpus y
las demandas de amparo no autorizan a sustituir a los jueces propios de la causa en las decisiones que les incumben" dado que el proceso de habeas corpus "no está para reemplazar las instituciones procesales vigentes".
Y en ese sentido señaló que los presos y presas "no se encuentran en las mismas condiciones procesales, ni existe un solo juez a cargo de la ejecución de la pena".
Indica el juez que los pedidos de prisión domiciliaria fueron remitidos "a los diferentes jueces y autoridades judiciales, a cuya disposición se encontraban las personas afectadas en este sentido".
Quiénes presentaron el habeas
Después de la huelga de hambre de una semana y la protesta que llevaron adelante las presas -en las cuales reclamaron también poder comunicarse con sus familias con teléfonos por videollamadas y que se siguiera con las actividades que permiten la evolución de la condena- Sarmiento se reunió con las internas y el Comité de Prevención de la Tortura para darle solución a los reclamos.
Tras eso presentaron sendos hábeas corpus las diputadas Marisa Uceda y Florencia Canali; por el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura, y otras penas crueles, inhumanas y degradantes; y por el Ministerios Público de la Defensa Pupilar para los Asuntos de Ejecución Penal. El juez unificó los pedidos e hizo lugar parcialmente a las presentaciones.
Ordenó garantizar agua, luz y atención médica
Entre otras cosas ordenó garantizar a las mujeres detenidas allí la provisión de agua, luz, elementos de higiene, acceso a atención médica y remedios y que arbitre un sistema para que les puedan entregar elementos siguiendo un protocolo que deberá organizar la dirección del penal, entre otros puntos.
En el escrito señala Sarmiento:
Sin perjuicio de que el servicio de agua potable resulta imprescindible para cualquier persona, en cualquier ámbito; debe tenerse en cuenta las especiales circunstancias a las que puede verse expuesta una mujer sin la provisión adecuada de agua para su aseo personal; situación que claramente se ve agravada, si la falta se produce en una mujer que se encuentra detenida; en este caso, todas las mujeres detenidas en la unidad penal del Borbollón. -
No puedo soslayar que en la realidad carcelaria de nuestra provincia, muchas veces son los familiares de detenidos, quienes proveen de elementos de higiene a los mismos, y encontrándose suspendidas las visitas de familiares, la situación puede encontrarse agravada, resultando la presencia del estado, fundamental en este sentido.
Ordenó también que "en un plazo no mayor a veinticuatro (24) horas disponga la regularización en la extracción de residuos de las celdas, al menos una vez al día, disponiendo las medidas de seguridad al efecto".
Y también la " elaboración de un protocolo para el ingreso seguro de alimentos por parte de familiares de mujeres detenidas, a la unidad de alojamiento, bajo estrictas normas de higiene y seguridad, disponiendo el tipo de alimentos que pueden ser ingresados, los días, horarios y lugar donde los mismos serán recibidos, y el tratamiento que se les dará a los mismos una vez ingresados en la unidad carcelaria".
Este es la resolución sobre el hábeas corpus: