Domiciliarias por la pandemia

Abogados de Abuelas pidieron custodia permanente para el apropiador de la Nieta 117

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El ex agente de Inteligencia del Ejército Segundo Héctor Carabajal (foto) fue condenado a 10 años de prisión por la apropiación de la nieta Claudia Domínguez Castro. Foto: @abuelasdifusión

En representación de Abuelas de Plaza de Mayo y del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos y de los sobrevivientes y familiares de víctimas de delitos de lesa humanidad, los abogados Pablo Salinas y Viviana Beigel presentaron un escrito ante el TOF1 en oposición a las domiciliarias  a los represores otorgadas este viernes. Reclamaron, además que al entregador de Claudia Domínguez Castro, la nieta recuperada 117, se le coloque custodia policial permanente para garantizar que cumpla efectivamente la prisión.

Héctor Segundo Carabajal, condenado a 10 años de prisión por la apropiación de Claudia Domínguez Castro, fue uno de los beneficiados por el TOF1 con la prisión domiciliaria, con el argumento del riesgo de contagio en el marco de la pandemia de coronavirus.

"Se trata de personas que han sido condenadas por gravísimos delitos como lo constituyen los crímenes contra la humanidad, por lo que es necesario considerar el riesgo que puede implicar la permanencia en sus domicilios para los sobrevivientes y para sus familiares", señalaron.

"Hemos tomado conocimiento del otorgamiento del beneficio de prisión domiciliaria a Segundo Héctor Carabajal, condenado por la apropiación de Claudia Domínguez Castro. Solicitamos que se vele por el estricto cumplimiento de las condiciones de detención domiciliaria asignando custodia policial para evitar cualquier tipo de violación a las pautas impuestas para esta modalidad de cumplimiento de la pena", agregaron.

"En relación al resto de los condenados por delitos de lesa humanidad nos oponemos al otorgamiento de beneficios o morigeraciones en  el cumplimiento de la condena, por entender que tal como consta en la resolución de rechazo a la domiciliaria de Etechecolatz estos no son crímenes comunes y las víctimas podrían verse afectadas así como también puede implicar la responsabilidad del Estado Nacional".

Beigel y Salinas apuntaron que "los crímenes contra la humanidad son los crímenes más graves de nuestro sistema penal y por lo tanto las medidas morigerantes a la prisión común deben ser excepcionales y temporales. Entendemos que solo puede otorgarse el beneficio de prisión domiciliaria para quienes están condenados por este tipo de delitos cuando, luego de haberse realizado informes médicos exhaustivos, se haya acreditado efectivamente que existe un riesgo cierto y determinado a la salud derivado de la pandemia de coronavirus".

Sobre lo expuesto, sintetizaron que para "el caso de condenados respecto de los cuales se haya acreditado un riesgo cierto y determinado a la salud derivado de la pandemia de coronavirus, las medidas de morigeración de la ejecución de la pena se dispongan por el plazo en el que persista la emergencia sanitaria y luego se retrotraigan al estado actual".

Adhesión de la intersindical

El Movimiento Ecuménico de Derechos Humanos y la Intersindical por los Derechos Humanos repudiaron la prisión domiciliaria para ocho represores otorgada por la Justicia Federal de Mendoza.

Más de 40 gremios que integran la Intersindical de Derechos Humanos expresaron "su apoyo y acompañamiento a los abogados de Abuelas de Plaza de Mayo y del MEDH en rechazo a las prisiones domiciliarias otorgadas por el TOF1 a los represores y genocidas juzgados y condenados por delitos de lesa humanidad en Mendoza".

"El único lugar para los genocidas es la cárcel, no las prisiones domiciliarias", se expresaron en un comunicado.

El escrito presentado por Salinas y Beigel al TOF1:

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