Por la inconstitucionalidad

Escala el conflicto en las calles, escala en los Tribunales: a los tres amparos contra San Jorge se sumó un pedido de inconstitucionalidad en la Corte

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La judicialización del conflicto por el avance de la megaminería en Mendoza sumó un nuevo capítulo con la presentación de una acción de inconstitucionalidad contra la Ley 9684. Con esta causa ya son cuatro los amparos en curso: el primero, impulsado por una ONG nacional junto a asambleas socioambientales, cuestiona la regresividad normativa y la inconstitucionalidad de la norma; el segundo, presentado por la comunidad huarpe de Uspallata, pone el acento en la defensa de la identidad cultural y en la ilegalidad de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) condicionada; el tercero, promovido por un vecino de la misma localidad, denuncia la incertidumbre científica y la amenaza al ecosistema hídrico.

El cuarto, ingresado hace pocas horas, reúne a más de veinte vecinos del Gran Mendoza y Uspallata que reclaman ante la Suprema Corte la nulidad total de la ley que habilitó el proyecto minero San Jorge.

La nueva acción fue presentada por un grupo heterogéneo de ciudadanos con residencia en el área de influencia del proyecto, patrocinados por el abogado Luis Gabriel Escobar Blanco. En su escrito, los vecinos sostienen que la Ley 9684, sancionada y promulgada en diciembre de 2025, vulnera derechos constitucionales y convencionales, al aprobar una DIA plagada de falencias técnicas y condicionamientos voluntaristas.

En qué se apoya el recurso

El planteo se apoya en el artículo 41 de la Constitución Nacional, que garantiza el derecho a un ambiente sano y equilibrado, y en el principio precautorio de la Ley General del Ambiente. Según los accionantes, la norma provincial habilita actividades de alto riesgo sin contar con líneas de base claras ni planes de manejo definidos, lo que implica un peligro cierto de daño ecológico puro.

 

Transparencia y legitimación

Uno de los ejes centrales de la presentación es la violación del artículo 33 de la Constitución Nacional, que consagra derechos implícitos como la transparencia democrática. Los vecinos argumentan que la aprobación de la DIA se realizó con información incompleta, sin garantizar el acceso público a datos esenciales y sin respetar la licencia social operativa.

Para reforzar su legitimación activa, los accionantes citan jurisprudencia ambiental de Chile y México, que reconoce el concepto de “entorno adyacente” como criterio válido para que quienes habitan o utilizan un ecosistema puedan reclamar judicialmente por su protección. En este caso, la cercanía de Uspallata y el Gran Mendoza al área de explotación minera constituye, según el escrito, un vínculo directo con los servicios ambientales amenazados.

 

Principio precautorio y riesgo inminente

El documento enfatiza que no se trata de una mera duda científica, sino de una certeza: la DIA aprobada por la Ley 9684 dejó recomendaciones esenciales para ser implementadas en el futuro, a discreción de la empresa PSJ Cobre Mendocino. Esa omisión, sostienen, convierte al proyecto en un riesgo inminente para el bioma de Uspallata y para la cuenca hídrica más importante de la provincia.

En este sentido, los vecinos apelan al principio precautorio, que obliga a quien genera el riesgo a demostrar la inocuidad de su actividad. La falta de certeza científica no puede ser excusa para postergar medidas de protección, remarcan, citando precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Declaración de Río de 1992.

Gobernanza y financiamiento internacional

La acción también introduce un argumento novedoso: la relación entre la relajación de controles ambientales y la pérdida de credibilidad internacional. Se mencionan antecedentes como el retiro de financiamiento del BID al acueducto Monte Comán-La Horqueta por falta de transparencia, y se advierte que la aprobación de la Ley 9684 podría afectar la reputación de Mendoza ante organismos financieros y bancos que exigen estándares ESG (ambientales, sociales y de gobernanza) para otorgar créditos.

Asimismo, se citan informes de la Extractive Industries Transparency Initiative (EITI) y de la Association of Certified Anti-Money Laundering Specialists (ACAMS), que identifican el incumplimiento de normativa ambiental y el manejo irregular de regalías como “banderas rojas” de riesgo de lavado de dinero en la minería.

Un conflicto que escala

La presentación judicial se inscribe en un escenario de creciente conflictividad social y política en torno a la minería en Mendoza. La Ley 9684 fue aprobada en medio de fuertes cuestionamientos de asambleas y organizaciones, que denunciaron un retroceso respecto de la histórica Ley 7722, considerada un pilar de la protección ambiental en la provincia.

La Suprema Corte de Mendoza ya había validado en el pasado la constitucionalidad de la 7722, destacando que los estudios de impacto ambiental deben ser previos a cualquier proyecto productivo. Ahora, los vecinos esperan que el máximo tribunal provincial ejerza su rol de contralor y declare la nulidad de la nueva norma.

 

Cuatro causas, un mismo reclamo

Con este cuarto amparo, el mapa judicial contra la Ley 9684 se amplía y diversifica:

  • ONG nacional y asambleas: cuestionan la inconstitucionalidad y la regresividad normativa.
  • Comunidad huarpe de Uspallata: defienden la identidad cultural y denuncian la ilegalidad de una DIA condicionada.
  • Vecino de Uspallata: alerta sobre la incertidumbre científica y el riesgo al ecosistema hídrico.
  • Vecinos del Gran Mendoza y Uspallata: reclaman la nulidad total de la ley por violar derechos constitucionales y convencionales.

Crece la tensión

La judicialización del proyecto San Jorge refleja la tensión entre el discurso oficial de diversificación productiva y la defensa ciudadana del ambiente. En los tribunales, la disputa se traduce en un debate sobre transparencia, legitimación y principios precautorios. En las calles y comunidades, se expresa como un reclamo por la vida, el agua y la identidad cultural. La Suprema Corte de Mendoza tiene ahora la responsabilidad de resolver un conflicto que excede lo jurídico y que pone en juego el futuro ambiental y social de la provincia.

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