
El borrador de la “Ley de Modernización Laboral”, con 182 artículos y 25 capítulos, ya circula entre senadores oficialistas y aliados. El texto, trabajado por el Consejo de Mayo y entregado al Ejecutivo, introduce cambios de fondo en vacaciones, indemnizaciones, beneficios sociales y deroga estatutos históricos.
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El debate sobre la reforma laboral ingresó en una nueva etapa. Tras semanas de trabajo técnico, el Consejo de Mayo entregó al Ejecutivo un borrador de 109 páginas que ahora está en manos de legisladores oficialistas y aliados. La iniciativa, bautizada “Ley de Modernización Laboral”, busca redefinir las reglas del mercado de trabajo argentino y ya genera tensiones en sindicatos y sectores profesionales.
Los empleados públicos quedan afuera
Entre los puntos centrales, el proyecto establece que la norma no alcanzará a empleados públicos, trabajadores de casas particulares, agrarios, contratistas civiles, independientes ni de plataformas digitales. Además, introduce una presunción laboral más restrictiva, al no considerar relación de dependencia cuando existan contratos civiles, facturación o pagos bancarizados.
Beneficios para empresarios
La reforma también redefine la tercerización, limitando la responsabilidad solidaria de las empresas usuarias al período trabajado. En materia de beneficios sociales, las prestaciones no remunerativas —como alimentos, guarderías, capacitaciones o sepelios— quedarán exentas de cargas sociales. Otro cambio de alto impacto es la eliminación de la ultraactividad salarial, lo que implica que bonos, comisiones o premios ya no integrarán el salario regular ni la base para calcular indemnizaciones.
Retroceso de derechos
El capítulo de vacaciones flexibiliza plazos y modalidades: podrán fraccionarse en tramos de al menos siete días, y el empleador deberá garantizar vacaciones de verano al menos una vez cada tres años. Se crea además un banco de horas extras por acuerdo individual, con compensación flexible.
En el terreno de la salud laboral, se establece que los certificados médicos deberán ser digitales y que, si un trabajador no pudiera ser reubicado tras una enfermedad o accidente, el contrato podrá extinguirse con una indemnización equivalente a la mitad de un despido sin causa.
Las indemnizaciones por despido tendrán un nuevo cálculo: la base salarial no podrá superar tres veces el promedio del convenio colectivo ni ser inferior al 67% de la remuneración real. A la vez, se crea un fondo de asistencia laboral, financiado con el 3% de los aportes patronales, destinado a cubrir despidos, preavisos y fallecimientos, aplicable solo a trabajadores con más de un año de antigüedad.
Derogaciones masivas de leyes
Finalmente, el proyecto incluye un paquete de derogaciones que impacta en estatutos históricos: se eliminan el Estatuto del Periodista Profesional, el del Viajante de Comercio, el del Teletrabajo, el Fondo Nacional de Empleo, el régimen de pasantías educativas, la regulación del trabajo portuario y avícola, y el estatuto del personal de la industria del gas, entre otros.
La iniciativa abre un escenario de fuerte discusión parlamentaria y sindical. Mientras el oficialismo busca acelerar su tratamiento, gremios y organizaciones profesionales anticipan resistencia frente a lo que consideran un retroceso en derechos adquiridos. El Senado será ahora el epicentro de un debate que promete marcar el rumbo de las relaciones laborales en los próximos años.
Proyecto de Ley de Modernizacion Laboral 1 by Explícito Online
Los puntos principales dela reforma
- Ámbito de aplicación No incluye empleados públicos, de casas particulares, agrarios, contratistas civiles, trabajadores independientes ni de plataformas digitales.
- Presunción laboral No se considera relación de dependencia si hay facturación, contratos civiles o pagos bancarizados.
- Tercerización Solo las empresas “usuarias” son solidarias por el período trabajado en ellas.
- Beneficios sociales Prestaciones no remunerativas (alimento, guardería, capacitaciones, sepelios, etc.) quedan exentas de cargas sociales.
- Ultraactividad salarial Se elimina: bonos, comisiones y premios no integran el salario regular ni la base para indemnizaciones.
- Vacaciones
- Período: del 1° de octubre al 30 de abril.
- Se pueden fraccionar en tramos de al menos 7 días.
- Flexibilidad por causas productivas, sectoriales o familiares.
- El empleador debe garantizar vacaciones de verano al menos una vez cada 3 años.
- Horas extra Se crea un banco de horas extras por acuerdo individual, con compensación flexible.
- Enfermedades y certificados Se exige certificado digital, no en papel.
- Reubicación tras enfermedad o accidente Si el trabajador no puede ser reubicado, el contrato puede extinguirse con indemnización equivalente a la mitad de un despido sin causa.
- Renuncias y preavisos La renuncia debe notificarse con un mes de anticipación y por telegrama digital.
- Indemnizaciones por despido
- Base salarial máxima: tres veces el salario promedio del convenio colectivo.
- Base mínima: 67% de la remuneración real.
- Se excluyen extras.
- Fondo de asistencia laboral
- A cargo del empleador (3% de aportes patronales).
- Exento de Ganancias.
- Cubre despidos, preavisos, muerte, entre otros.
- Solo para trabajadores con más de 12 meses de antigüedad.
- Derogaciones Se eliminan estatutos y leyes históricas:
- Estatuto del Periodista Profesional
- Estatuto del Viajante de Comercio
- Ley de Teletrabajo
- Fondo Nacional de Empleo
- Prestaciones por desempleo
- Régimen de Pasantías Educativas
- Regulación del trabajo portuario/estibaje
- Regulación del trabajo avícola
- Estatuto del Personal de la industria del Gas
- Decreto de Regulación del Trabajo a Domicilio (1946)

