La Cámara Federal declaró constitucional la desinversión de la Ley de Medios pero bochó la limitación de licencias

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La Cámara emitió el fallo sobre el fondo de las inconstitucionalidad de la Ley de Medios planteada por Clarín.
La Cámara emitió el fallo sobre el fondo de las inconstitucionalidad de la Ley de Medios planteada por Clarín.

 

La Cámara Civil y Comercial Federal dio a conocer el fallo en torno a la Ley de Medios este miércoles. Con expectativa en torno al pronunciamiento sobre la constitucionalidad de una de las normas más impulsadas por el kirchnerismo, el tribunal resolvió que sólo el artículo 45 (sobre la limitación a la concentración de licencias) es parcialmente inconstitucional.

La resolución contó con la firma de los jueces María Susana Najurieta, Francisco de las Carreras y Ricardo Guarinoni.

En un fallo unánime de unas 50 carillas ya notificado a las partes, los tres miembros del tribunal declararon constitucional el plazo de adecuación de un año establecido por el artículo 161, y las normas de transferencia de licencias del artículo 41, además de la potestad del Estado de distribuir el espectro radioeléctrico.

En cambio, consideraron inconstitucional al tope de licencia de canales de cable fijado en el artículo 45, que establece la cantidad o tope de licencias de medios audiovisuales que puede poseer una persona física o ideal.

El artículo 161 establece que los titulares de medios deberán someterse a la adecuación en orden a lo que establecen los artículo 41 y 45, que hablan de las transferencias y el tope de las licencias.

La Cámara dictaminó que los dos artículos son constitucionales, pero a partir de la decisión de inconstitucionalidad sobre el apartado del 45, la última palabra la tendrá la Corte Suprema de Justicia, última instancia en el largo proceso sobre la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que lleva casi cuatro años de sancionada por ambas Cámaras del Congreso.

Antecedentes de la Cámara Federal y la Ley de Medios

El 6 de diciembre pasado, la misma Cámara prorrogó la cautelar que impedía la completa aplicación de la ley hasta que se resolviera la cuestión de fondo, a pesar de los consejos de la Corte Suprema de limitar a un plazo prudente la extensión de ese tipo de medidas, que para el momento llevaba 3 años de vigencia. Fue un día antes del promocionado 7d del Gobierno, que vio frustrados los festejos por la entrada en vigencia definitiva de la norma que regula el mercado radioeléctrico nacional.

En consonancia con esa medida, ahora la Cámara rechazó la decisión del juez de primera instancia Horacio Alfonso, a cargo de forma interina del Juzgado Civil y Comercial Federal Nº 1, quien dictó en diciembre que ambos artículos rechazados por el grupo Clarín eran constitucionales y que "no se vislumbra afectación a la libertad de expresión".

La Sala 1 también rechazó el dictamen del fiscal de la propia Cámara Federal Civil y Comercial, José María Medrano, quien se pronunció a favor de la constitucionalidad de los artículos y de la decisión del juez de primera instancia.

Según el diario Perfil, el fallo de la Cámara Civil y Comercial se convirtió en una salida “elegante” a una de las disputas más encendidas del kirchnerismo, pero deja abierto un mínimo espacio para que el Grupo Clarín reitere su reclamo para que la Justicia dé marcha atrás con el límite que impone la norma en torno al límite de la multiplicidad de licencias de cables, aspecto que hoy fue considerado inconstitucional.

De presentarse una apelación, es la Corte Suprema quien deberá hacerse eco del planteo de fondo: la constitucionalidad o no de la ley.

Fuente: Info News / Perfil / Télam

 

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