Los senadores eliminaron las bolillas blancas y negras de las sesiones especiales para no equivocarse al votar

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Hasta ahora, los senadores debían poner en el compartimento que dice "Voto" una bolilla blanca si convalidaba el nombramiento de un nominado por el Ejecutivo o una negra si lo rechazaba, mientras que en el compartimento de al lado debía depositar la bola del color que no utilizó.
Hasta ahora, los senadores debían poner en el compartimento que dice "Voto" una bolilla blanca si convalidaba el nombramiento de un nominado por el Ejecutivo o una negra si lo rechazaba, mientras que en el compartimento de al lado debía depositar la bola del color que no utilizó.

El Senado de Mendoza modificó el sistema de votación de los acuerdo especiales de nombramiento de funcionarios y magistrados que consistía en poner una bolilla blanca cuando se está de acuerdo con un nominado del Ejecutivo y boilla negra cuando se está en contra. Todo en secreto, una condición que no cambiará con la aplicación de una modificación al reglamento interno de la Cámara Alta en la parte que regla este tipo de votaciones de carácter especial.

En adelante se votará con bolillas de un solo color en una urna de madera con dos compartimentos: en una dice SI y en el otro NO. Si se coloca la bolilla en el SI implica que se avala la designación de un nominado, en el compartimento del NO implica lo contrario. Tanta explicación es redundante, pero hasta ahora no parecía difícil de entender el sistema de blancas y negras, pero una senadora dijo que se equivocó en la votación que terminó haciendo rodar la cabeza de Miriam Gallardo, nominada por Francisco Pérez para la Suprema Corte, y la Cámara se puso a revisar el tema.

Al final, a través de un proyecto del radical Juan Carlos Jaliff, se eliminó el sistema de las blancas y negras para pasar a uno con bolillas de un solo color.

La oficina de Prensa de la Cámara Alta informó que este martes se dio aprobación  a un proyecto de resolución de Juan Carlos Jaliff (UCR), que tiene por objeto modificar el Art. 40 del Reglamento Interno el que quedará redactado de la siguiente forma:

“Art. 40º- Tanto en los pedidos de acuerdos, como cuando se considere la remoción de un funcionario, la votación será conforme a lo establecido en el Art. 83 de la Constitución. En el primer caso para tener por prestado el acuerdo, será necesario la mayoría de los votos emitidos y en el segundo se estará a lo dispuesto por el Art. 128, Inc. 22 de la Constitución.

"La votación referida se instrumentará por Bloque y la Junta Escrutadora constituida previamente, entregará una bolilla de un mismo color a cada Senador, para que al momento de producir el acto del voto la depositen en alguno de los dos receptáculos de la Urna que indicarán el “SI” o el “NO”, para expresar su voluntad por la afirmativa o negativa”.

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