El gobierno municipal de Suárez salió a multar con $2.700 a los clientes de las prostitutas callejeras de la Capital

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La Municipalidad de Mendoza salió a perseguir y multar a los clientes de las putas callejeras en cumplimiento de un par de artículos del Código de Convivencia que rige por impulso del intendente radical Rodolfo Suárez mientras estaba a cargo de la comuna por el fallecimiento de Víctor Fayad en ejercicio del cargo.

A partir del 16 de diciembre en distintos operativos, la Secretaría de Seguridad Ciudadana aplicó cinco multas en infracción a los Art. 41 y 42 del Código de Convivencia. A través de un Acta de Procedimiento, el funcionario municipal (Preventor) y La Policía identifican al cliente y el lugar donde se cometió la infracción. La infracción implica una falta grave y su sanción representa una multa de 2.000 U.T.M. ($2.700).

En un comunicado oficial, la administración suarista dio a publicidad una operatoria de la Secretaría de Seguridad Ciudadana que persigue la detección y el encauzamiento de los clientes de las putas que trabajan en la vía pública.

"Para evitar la estigmatización y abordar este problema desde una perspectiva realista y estructural, las acciones punitivas se orientan a desalentar la demanda de servicios sexuales (multas a los clientes) y por otra parte asumir la complejidad de la problemática caracterizada, en este nivel (al margen de la trata, que es eminentemente penal), por la necesidad de ofrecer una alternativa a quienes están marginadas del sistema económico formal y un marco de tranquilidad y convivencia a todos los vecinos de la Ciudad", explicó la comuna.

"Los servicios sexuales en la vía pública generan una serie de conflictos que alteran el normal desarrollo de quienes residen y transitan la Ciudad de Mendoza; robos, violencia, droga y ruidos molestos", agregó la argumentación oficial a favor de la aplicación de multas a los pagadores de sexo a vendedoras voluntarias del cuerpo, porque para el caso de trata interviene la Justicia y la policía, no la guardia uniformada del intendente, de acuerdo a la interpretación expresada en la comunicación municipal.

"La problemática de la prostitución tiene aristas muy complejas. La trata de personas y la explotación sexual constituyen delitos penales y exceden la órbita de acción del Municipio. En los casos de los que tomamos conocimientos a partir de nuestros relevamientos realizados por las distintas áreas (Preventores, comercio y acción social) inmediatamente damos intervención a la justicia penal y realizamos los seguimientos correspondientes", añadió la comuna.

Y completó: "También es una realidad el hecho de que el trabajo sexual muchas veces constituye la única opción para mujeres solas con hijos a cargo que no encuentran otra fuente de ingresos. Esto, sumado a que la actividad que muchas de estas personas se realiza en la vía pública, requiere por parte del Municipio una intervención desde una perspectiva social y comunitaria".

La normativa suarista

Artículo 41: Normas de Conducta

  • Se prohíben el ofrecimiento, solicitud, negociación y aceptación directa o indirectamente de servicios sexuales retribuidos en el espacio público de la Ciudad de Mendoza, en todo su radio municipal y de forma especial cuando excluyan o limiten la compatibilidad de los diferentes usos de  dicho espacio público.

Artículo 42: Régimen de Sanciones

  • La autoridad municipal se limitará inicialmente a recordar a las personas que incumplieran este precepto, que dichas prácticas están prohibidas por la normativa vigente. Si estas personas persistieran en su actividad, se procederá al inicio del correspondiente procedimiento administrativo sancionador y a toda aquella actuación que legalmente corresponda derivada de la identificación de dichas personas.
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