Un fallo clave para la actividad de las trasnacionales mineras en el país emitirá la Corte Suprema el martes. El máximo tribunal agendó para ese día la emisión del fallo sobre la constitucionalidad de la Ley 26.639 (Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial).
La intervención de la Corte fue motivada por un planteo de inconstitucionalidad interpuesto por el gigante trasnacional minero Barrick Gold.
La Ley 26.639 fue aprobada en el Congreso el 30 de septiembre de 2011 y promulgada el 28 de octubre de 2010 por vencimiento del plazo legal. La reglamentación se completó cuatro meses después, mediante el decreto 207/2011 del Poder Ejecutivo Nacional.
La ley fue judicialmente objetada por empresas mineras y gobernadores de las provincias que apoyan estas actividades.
Antecedente
El 30 de diciembre de 2014, la Corte Suprema rechazó por unanimidad una demanda de la Cámara Minera de Jujuy que solicitaba la inconstitucionalidad de la Ley 26.639.
El tribunal argumentó que la Cámara Minera de Jujuy no había demostrado cual era el daño que le causaba la vigencia de la ley de protección de los glaciares, en la medida en que ella misma reconocía que no podía individualizar “la porción de territorio definida como glaciar y ambiente periglacial” en las que no podrán realizarse actividades de exploración y explotación minera.
La Corte Suprema advirtió que esa imprecisión es causada por la omisión del Poder Ejecutivo Nacional en realizar el inventario de glaciares y del ambiente periglacial, a pesar de que el Congreso dictó la ley que lo ordena hace más de cuatro años.