El tribunal aceptó el pedido de la Fiscalía de juzgar a Romano, Miret, Petra y Carrizo por delitos sexuales contra presos políticos

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Miret, Max Petra, Otilio Romano y Rolando Carrizo son juzgados por su complicidad con los represores y vejámenes a presos políticos. Foto: Infojus

Por Juan Manuel Mannarino
Para Infojus

El “juicio a jueces” de Mendoza, por delitos de lesa humanidad, entró en la recta final. El tribunal aceptó la ampliación de la acusación por delitos sexuales para todos los imputados del proceso y desde la fiscalía celebraron la medida. “Ya se empezaron a tomar testimonios por las nuevas acusaciones. Lo importante es que surgieron por la prueba producida en este juicio, donde aparecieron nuevos hechos y, en otros casos, hubo cambios de calificación legal”, dijo el fiscal Dante Vega a Infojus Noticias. La ampliación no es sólo por delitos sexuales: también comprende nuevas acusaciones por privación abusiva de la libertad, imposición de tormentos, encubrimiento, homicidio, robo y asociación ilícita.

Para la fiscalía, la ampliación comprende una autonomía jurídica y es un efecto dominó que se multiplica en distintos juicios del país para casos de delitos sexuales. Son más de treinta policías, militares y cinco ex miembros de la justicia federal durante la dictadura, los que están en el banquillo. Otilio Romano, que era fiscal, Luis Miret y Rolando Evaristo Carrizo, que eran jueces, y Guillermo Petra Recabarren, quien tenía cargo de defensor. Otro ex juez, Gabriel Guzzo, fue apartado del juicio por su estado de salud.

Se los acusa no sólo de no haber investigado, sino haber permitido y hasta alentado la represión ilegal sobre los secuestrados. Lo mismo para los casos de delitos sexuales. “En el caso de los jueces, en varios casos los detenidos denunciaron la violación y no investigaron”, explicó Viviana Beigel, abogada querellante por el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos (MEDH). “Si los ataques sexuales se producen en el marco de privaciones abusivas de libertad y tormentos que sí son objeto del juicio desde su inicio, aquellos delitos deben ser considerados hechos que integran esa continuidad delictiva”, entendió la fiscalía.

El hecho fundamental es que el “estado de indefensión” de las víctimas fue un “presupuesto necesario” para su sometimiento sexual. El aparato represivo, precisaron, se recostó sobre una base fáctica que configuró una  continuidad delictiva, “identificada como secuestro-tortura-cautiverio-abusos sexuales-homicidio”.

Las querellas habían acompañado el pedido, que se presentó hace unos meses y que contó con el rechazo de las defensas. “La violencia sexual formó parte del ataque sistemático pergeñado por el accionar represivo estatal. En otras palabras, las violaciones y los abusos sexuales fueron cotidianos y constituyeron una práctica generalizada en los centros clandestinos de detención”,  explicó Vega. Para los delitos sexuales, la acusación se basó en dos tipos: el delito de violación perpetrada con el uso de fuerza o intimidación, agravada por haber sido cometida por persona encargada de la guarda y con el concurso de dos o más persona; y el delito de abuso deshonesto, agravado por haber sido cometido por persona encargada de la guarda.

El testimonio de los sobrevivientes

Entre los casos, se explicaron distintas formas del abuso sexual. De forma sistemática, existió  la aplicación de picana eléctrica en las partes más íntimas del cuerpo de los hombres y de las mujeres privados de libertad.  Además, la fiscalía cito el de Alicia Peña quien en este juicio relató que “un  día después de la tortura entró el pibe más joven y me violó”. Pero también el de algunos hombres, quienes ya sea en este debate –como en el caso de Francisco Amaya y Palbo Seydell-, como en anteriores oportunidades –como ocurrió con David Blanco-, dijeron haber sufrido ultrajes tales como la introducción de distintos objetos por vía anal. Acerca de los “manoseos” o “tocamientos” con contenido sexual sobre la víctima, referenciaron el caso de Ivonne Larrieu, que declaró: “Me arrastraron de los pelos del pubis, me manosearon toda, me hacían tocarle el pene a todos”.

Otro caso singular fue cuando alguien era obligado  a “comprobar” el acto de abuso.  Se citó el relato del sobreviviente Fernando Rule, que declaró: “A mí me pasó que me sacaron con los ojos vendados y me obligaron a que con mi mano tocara a la mujer desnuda y a los violadores desnudos para que uno supiera que la estaban violando”. Y agregó “en el D-2 me obligaron a tocar a mi compañera Silvia Ontiveros y a verificar que la estaban violando y quisieron que la vejara también, abriéndole las piernas”.

Acerca de los imputados, se amplían las acusaciones –entre otros- sobre Juan Agustín Oyarzábal por dos hechos cometidos en perjuicio de Alicia Peña y David Blanco, en calidad de autor mediato. A Osvaldo Armando Fernández Miranda por el caso de Alicia Peña, en calidad de autor mediato. También a Antonio Indalecio Garro por dos hechos cometidos en perjuicio de Francisco Audelino Amaya y Pablo Seydell, en calidad de coautor.

En esta línea, se entendió que el autor de abuso sexual –al igual que con el delito de violación- no es solamente quien ejecutó físicamente el hecho. Y, como un hecho inédito en el país, la novedad radicó que los jueces  también fueron acusados como partícipes primarios. La fiscalía reforzó, además, la hipótesis de que fueron integrantes de la asociación ilícita que conformó el terrorismo de Estado en Mendoza.

El tribunal seguirá en las próximas semanas profundizando la recolección de nuevos testimonios.  “Comprobamos que algunos de estos ex magistrados no sólo tomaron conocimiento de los delitos a través de los expedientes, sino que presenciaron personalmente el estado en que se encontraban gran parte de las víctimas que eran conducidas ante ellos, a consecuencia de las torturas y los abusos sexuales sufridos y sin embargo nada hicieron”, concluyó Vega.

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