El ala cornejista de la Suprema Corte de Mendoza allanó el camino a la reelección del gobernador. Con cuatro votos contra tres, convalidó una sentencia que flexibiliza los requisitos electorales para la reforma de la Constitución provincial.
A partir de este fallo, en la consulta popular requerida para la reforma de la Carta Magna la mayoría se definirá en función del total de votos emitidos y no de la nomina completa de empadronados, como era hasta ahora. La reforma se habilitará si los votos a favor del sí suma más de la mitad de los sufragios emitidos. Hasta ahora, se necesitaba que el caudal de votos afirmativos superara a la mitad de los empadronados.
La jurisprudencia derogada por la nueva sentencia fue un obstáculo insalvable para todos los proyectos reeleccionistas desde 1983 en Mendoza. El si se impuso sobre el no en algunas consultas para la reforma, pero jamás logró superar a la suma de estos con los ausentes.
La decisión de los supremos se enmarcó en una causa iniciada por cuatro intendentes peronistas contra un decreto del gobernador Alfredo Cornejo que vedaba la reelección a los jefes comunales con más de un mandato a cuestas. La sentencia consideró que es constitucional la promulgación de la limitación a la reelección de los intendentes prevista en un proyecto de reforma constitucional que se sometió a votación popular en 2009.
La reforma de Jaque
Cornejo echó mano a ese instrumento en respuesta al bloqueo que sufrió la avanzada para posibilitar su reelección. La propuesta de reforma del 2009 (en el gobierno del peronista Celso Jaque) nunca se promulgó porque el caudal de votos afirmativos que acaparó fue inferior al umbral de la mayoría establecido por la Corte en 1989 y ratificado en reiteradas oportunidades con posterioridad.
El gobernador decidió confrontar con la jurisprudencia. Consideró que la mayoría de votos afirmativos precisada para la reforma se definía en función de los votos emitidos y no sobre el total de los empadronados, como establecía la interpretación judicial imperante. El gobernador no se tiraba a una pileta sin agua. Su estrategia atravesaría turbulencias, pero tenía garantizado el éxito en la última instancia.
Los caciques del peronismo a los que estaba destinado el decreto de Cornejo lograron sortear la proscripción en pleno trámite de la causa. Desde entonces, las expectativas respecto al efecto que tendría el fallo sobre los requisitos para la reforma de la Constitución de la Provincia eclipsaron el impacto de la decisión sobre las reelecciones en las comunas.
Cornejo explicitó sus intenciones de sacar de la carrera electoral a los peronistas Emir Félix, de San Rafael; Jorge Giménez, de San Martín; Martín Aveiro, de Tunuyán, y Roberto Righi, de Lavalle. No así la ambición mayor que perseguía con la movida: flexibilizar las reglas para la reforma constitucional.
30 años después
El ala cornejista borró de un plumazo la jurisprudencia sentada por una sentencia que fundamentó Aída Kemelmajer hace 30 años. Es la que establecía que la consulta popular para la reforma requería una mayoría de votos afirmativos sobre el total del padrón para activar el procedimiento.
Una ajustada mayoría dentro del tribunal de siete jueces sentenció el caso en línea con los intereses de Cornejo. Dalmiro Garay, José Valerio, Pedro Llorente y Jorge Nanclares le dieron sustento al fallo, que fue rechazado por Mario Adaro, Omar Palermo y Julio Gómez.
La construcción de la mayoría no fue ajena a la operación directa de Cornejo. Cornejo controla a dos de los siete jueces del máximo tribunal. Garay fue su ministro de Gobierno. Es el ariete político del gobernador en la cúspide de la Justicia. Valerio integró los equipos de campaña de Cornejo. Lo designó el radical en el inicio de su mandato en la provincia. Tiene predicamento en un sector de la Justicia de raigambre conservadora.
Operación sin fisuras
El mandatario, formado en el oficio del operador político, no dejó cabos sueltos en la estrategia para cambiar las condiciones de la reforma constitucional sin tocar la leyes que la rigen.
Con la mayoría garantizada en la Corte, se aseguró una sentencia favorable en última instancia. Y, mediante un pacto con los principales medios masivos, articuló una red de propaganda capaz de neutralizar la expansión de las opiniones críticas.
El desenlace de la causa judicial fue tal cual lo había programado el gobernador, aunque tardó más tiempo del deseado por Cornejo. Llegó tarde para usarla en pos de su reelección, que en definitiva era el objetivo de máxima de toda la movida.
Ahora, la reforma con requisitos flexibilizados será determinante para la configuración del escenario electoral de los próximos años. El gobernador electo en septiembre tendrá a su favor la conquista de la operación de Cornejo para quedarse en el sillón más mullido del cuarto piso del edificio de Peltier 351.