Presión en las calles. Presencia popular allí donde sólo suelen pulular los lobbistas. Con esas consignas asambleístas, vecinos y organizaciones sociales se reunirán este lunes 10 desde las 20 en el kilómetro 0 con un ruidazo y el martes 11 estarán en Tribunales,donde la Corte ha llamado a audiencia por el pedido de inconstitucionalidad del decreto 248 de Alfredo Cornejo, que dio vía libre al fracking en Mendoza.
"Que la justicia mida. No solo el poder ejecutivo y el legislativo están bajo la observación de la gente, sino también el judicial", señalan las Asambleas por el Agua, quienes convocan al pueblo de Mendoza a movilizarse a tribunales como demostración de democracia participativa.
El gobierno de Cornejo avaló con el decreto en cuestión el avance del fracking e impulsó una política agresiva de extracción a través de decretos de rebaja en las regalías para las empresas petroleras que comprometieran inversiones en la parte mendocina de Vaca Muerta, en el sur provincial.
Su sucesor, Rodolfo Suarez, prometió profundizar esa política de beneficios durante su campaña.
Cornejo y Suárez ratificaron el plan de bajar regalías por decreto al petróleo y al fracking
La denuncia de Oikos
La Asociación Oikos Red Ambiental interpuso una acción de inconstitucionalidad e inconvencionalidad en contra del Decreto 248/2018 -que establece que el fracking es de muy bajo o escaso impacto ambiental- ante la Sala 1º de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza.
Fundamentó su pedido en la violación del principio de progresividad, en cuanto la reglamentación implica un retroceso en materia ambiental, y cuyo fin encubierto es evitar la participación ciudadana en la toma de decisiones fundamentales, más aún teniendo en cuenta que el principal bien común a utilizar para realizar las operaciones de hidrofractura es el agua de los mendocinos.
Nada dice la reglamentación respecto de los trazadores radioactivos, el destino final de las aguas de flowback, no hay pautas para cuidar el recurso hídrico utilizado, ni para su tratamiento, sostienen los ambientalistas.
Para Oikos, es inconstitucional e inconvencional al involucionar en la calidad y seguridad del marco jurídico, y viola la Constitución provincial en sus artículos 99 y 186.
"La progresividad en el cumplimiento de las metas legislativas en el aseguramiento de la garantía a un ambiente sano requiere que no se retroceda erráticamente ante actividades de similar envergadura cuando de impactos ambientales se trata. Asimismo, entiende que la misma es violatoria de la constitución ya que una decisión de tal trascendencia debe corresponder al ámbito legislativo, debido a que fija la política petrolera provincial y la deja al arbitrio del poder ejecutivo provincial", resumió al respecto Juan Carlos Nieva, abogado especializado en Derecho Ambiental, miembro del equipo jurídico de Oikos Red Ambiental y de la Comisión de Derecho Ambiental del Colegio de Abogados de Mendoza.
La postura del Gobierno
El principal argumento del Gobierno y Fiscalía de Estado se basa en que la declaración de inconstitucionalidad e inconvencionalidad haría que las reparticiones públicas no puedan seguir controlando el desarrollo de la actividad.
El rol del Poder Judicial
Nieva asegura que en el desarrollo del conflicto, en lo que concierne al aspecto judicial, "todas las resoluciones de los magistrados se han basado en los informes del gobierno, sobre los cuales no podemos afirmar su objetividad. Sumado a esto está la presión ejercida por los sindicatos y municipios interesados directamente sobre los magistrados, demostrando un poder judicial endeble y parcial".
Y sigue: "No hay hasta la fecha rigor científico en ninguna resolución judicial, demostrando lo atrasado que se encuentra el poder judicial en temas ambientales en la provincia de Mendoza"
El desarrollo del conflicto con el fracking, artículo completo de Juan Carlos Nieva: