
Luego de la presentación de la Gremial de Abogados en la Corte por la inconstitucionalidad del Código de Faltas impulsado por Alfredo Cornejo -y aprobado en la Legislatura por 20 votos en ausencia de la oposición- este lunes se supo que la Asociación de Defensa de Derecjhos Humanos XUMEK también se presentó ante los supremos con las mismas objeciones por la violación de múltiples derechos amparados por la Carta Magna.
Ambas denuncias se suman al planteo de inconstitucionalidad que realizaron en la Corte legisladores del FIT encabezados por Noelia Barbeito -senadora de mandato cumplido- respaldada por el SUTE y por el abogado Carlos Lombardi. Los puntos principales adonde apuntan las presentaciones tienen que ver con violaciones a pactos internacionales a los que Argentina adhirió, como el Pacto de San José de Costa Rica, y a la abundancia de zonas grises en la delimitación de qué se considera contravención, lo cual abre la puerta a interpretaciones ad hoc según el criterio del policía o juez de turno.
Ante la vulneración de derechos que implica el Código, Mercedes Duberti, responsable del Área de Política Criminal y Asuntos Penitenciarios de Xumek, brindó días atrás una serie de recomendaciones a los ciudadanos para protegerse en caso de ser blanco de requisas arbitrarias o las clasicas razzias policiales, que en Mendoza son casi una política de estado y que este código facilita aún más.
Xumek
En la presentación de Xumek "se plantea la inconstitucionalidad de más de 40 artículos por violar una larga lista de derechos protegidos en nuestra Constitución Provincial y en la Constitución Nacional", indicaron los abogados.
Los principales planteos en contra son la violación del Derecho de Defensa, la restricción a la Libertad de Expresión y de Reunión, que contiene disposiciones discriminatorias, que criminaliza colectivos vulnerabilizados y que viola el principio de legalidad".
Agregaron los técnicos de la ONG: "Códigos de estas características ya fueron declarados inconstitucionales en Neuquén, Formosa y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Suprema Corte de Mendoza deberá decidir si da lugar a la acción presentada por nuestra asociación".
Para darle fuerza al reclamo invitaron a interponer acciones ante el máximo tribunal provincial: "Convocamos a los diferentes partidos políticos que no apoyaron su sanción, así como a las organizaciones sociales, sindicales, estudiantiles, de derechos humanos y a toda persona que quiera sumarse mediante la adhesión del recurso en defensa de los derechos fundamentales consignados en nuestra constitución".
El FIT y el SUTE
Barbeito indicó: “Hemos presentado una acción de inconstitucionalidad por el artículo 55, inciso F, del nuevo Código Contravencional, que ha impulsado y aprobado el gobierno de Cornejo a través de la Legislatura Provincial. Para nosotros este artículo, es el que coarta el derecho a manifestación y reunión. Esto es inconstitucional, ya que viola tratados internacionales que dan cuenta de la necesidad del derecho a la manifestación, derecho que está consagrado en la Constitución Nacional".
Para el FIT "hay una clara política de persecución y amedrentamiento por parte del gobierno provincial, en clara sintonía con el gobierno nacional y las políticas de ajuste que lleva adelante el FMI contra el pueblo trabajador. Hoy presentamos esta acción, con el patrocinio del Doctor Carlos Lombardi, abogado constitucionalista y también con el acompañamiento del SUTE, representado por el Secretario General, Sebastián Henríquez, ya que claramente representa a un sector que se ve directamente afectado con este cercenamiento de libertades democráticas, como es el derecho de manifestación”.
A su turno, Lombardi, manifestó que "si las autoridades de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza hacen un análisis conforme a los principios de razonabilidad y legalidad que imperan en el ordenamiento constitucional argentino, la presentación tiene buenas posibilidades de prosperar”. Consultado acerca de por qué es inconstitucional el nuevo Código, Lombardi manifestó: “porque viola un principio constitucional fundamental, que es el de razonabilidad por cuanto en el inciso f) se dice que al no pedir autorización a la autoridades para reunirse o manifestarse, se incurre en actos turbatorios o desórdenes, lo cual es un despropósito para el punto de vista que nosotros tenemos en cuanto al ejercicio de derecho de reunión y manifestación pacíficas. Esta norma regula o limita un derecho sensible para la comunidad”.
Y el titular del SUTE, Sebastián Henríquez, Sebastián Henríquez, expresó que los maestros son los principales afectados por el inciso f) del Artículo 55 del Código Contravencional. "Sin ir más lejos y para dejar en claro acerca de la ridiculez de tener que estar pidiendo permiso, tanto para realizar reuniones como manifestaciones pacíficas abiertas y públicas, el pasado miércoles 24 de octubre falleció nuestra compañera Miriam Azzolina. Ese mismo día, la escuela convocó a una concentración en el municipio de Lavalle y nadie envió ninguna nota al Gobernador, ni a ninguna autoridad, ni lo íbamos a hacer. Imaginen que ante el fallecimiento de una compañera nosotros no vamos a estar enviando una nota para pedir permiso para hacer una manifestación. Esto es un ejemplo concreto de la estupidez de esta pretensión, pero me parece más importante aún si lo incluimos en el marco general de lo que está pasando en la provincia. Nosotros en el sistema educativo tenemos el caso de Paola Vignoni, a quien este gobierno le dio de baja por oponerse en el Operativo Aprender, en el año 2016; tenemos a tres docentes imputados del IES “Tomás Godoy Cruz”, por la ocupación pacífica de ese instituto durante la lucha contra la reforma de la educación superior, mientras casi todas las facultades y universidades del país estaban tomadas, ésta es la única provincia donde se imputa a tres docentes. Y ahora, como otro hecho repudiable, la baja del compañero Ricardo Ermili, por sus dichos sobre el gobernador Cornejo y todo inscripto en su pelea por el laicismo dentro de la educación pública”.
La Gremial de Abogados
La Gremial de Abogados, en tanto, presentó advirtió que si es necesario acudirá a instancias superiores como la Corte Interamericana para frenar la implementación de este código que considera violatorio de derechos fundamentales consagrados por pactos internacionales, como el de San José de Costa Rica y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
“Buscamos que quede sin efecto el flamante Código Contravencional, hemos hecho reserva de recurrir ante el fuero federal y también ante tribunales internacionales, léase Corte Interamericana”, señaló a EXPLÍCITO Laura Valente, abogada y firmante de la acción ante la Suprema Corte.
La lista de derechos violados por el Código de Faltas enumerada en la presentación de la Gremial de Abogados es extensa. “La Ley de marras se contrapone abiertamente a los Principios generales del derecho penal, los derechos y libertades reconocidos en nuestra Constitución Nacional y Tratados de Derechos Humanos ratificados por el Estado argentino, retrocediendo en la implementación de un sistema acusatorio que garantice la libre contradicción en el proceso penal. El articulado presenta tipos penales abiertos, pocos claros y precisos en cuanto a definición de la acción jurídica y circunstancias de la conducta punible”, señala la presentación.