Los empresarios nucleados en la Unión Industrial Mendoza (UIM) se manifestaron en contra de algunos de los puntos centrales de la regulación del Teletrabajo, como el principio de reversibilidad - que permite al trabajador volver a la modalidad presencial-, el derecho a la desconexión, la consideración de tareas de cuidado en el hogar que se superponen con el teletrabajo y que la empresa se encargue de proveer al empleado de elementos para desarrollar el teletrabajo.
"Desde la Unión Industrial de Mendoza, queremos trasmitir nuestra preocupación por la ley de teletrabajo, con media sanción de la Cámara de Diputados de la Nación, en los mismos términos en que se ha pronunciado la Unión Industrial Argentina", manifestaron los empresarios en un documento que difundieron recientemente.
En ese sentido, los empresarios mendocinos dijeron que comparten la "alarma" que ha despertado en la Unión Industrial Argentina por el intento de regular el teletrabajo. Se trata de los mismos empresarios que al inicio de la pandemia le pidieron a Suarez que avance con la megaminería y recorte sueldos de estatales para rescatar al sector privado.
A qué se oponen
• Reversibilidad: Los miembros de la UIM -que preside Mauricio Badaloni, presidente de Andesmar, militante de la megaminería y de la reforma de la Constitución- se resisten a que el Teletrabajo sea una opción reversible para el trabajador. “Se desconocen las facultades de dirección y organización del trabajo de los empleadores reconocidas en la Ley de Contrato del Trabajo”, criticó la UIA en un documento al que la UIM adhirió en todos sus términos.
La norma aprobada por Diputados plantea que el trabajador que se desempeña en el teletrabajo puede revocar su posición en cualquier momento de la relación laboral. En ese caso, el empleador debe reasignarle tareas en el establecimiento laboral, “salvo que por motivos fundados resulte imposible la satisfacción de tal deber”.
La UIA plantea que “el pedido de reversión ha de ser iniciativa tanto del empleador como del trabajador y debe siempre estar fundado en cuestiones fácticas y objetivas" (VER DOCUMENTO COMPLETO AL FINAL DE LA NOTA).
• Desconexión digital: "La desconexión no es algo privativo del teletrabajo, afecta al trabajo en todas sus modalidades y ello está contemplado en los principios generales que regulan la jornada, su adaptación debería hacerse dentro de los marcos convencionales respectivos. No consideramos oportuno regularlo en este proyecto"
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• Protección de datos: "Algunos proyectos incluyen requisitos como la aprobación previa de la autoridad de
aplicación o el registro de estos sistemas. Estos requisitos no resultan razonables porque atentan contra la naturaleza de los sistemas de protección que además en algunos casos integran el know-how y modelo de negocio de la empresa. Si algo se debiese regular sobre estos sistemas, debe hacerse como mínimo con un enfoque sectorial".
• Elementos de trabajo: "No consideramos pertinente incluir en una norma de pisos mínimos un listado de elementos que se deban proporcionar, sin tener en cuenta la heterogeneidad de sectores que pueden pautar contratos bajo esta modalidad. Estos listados pueden quedar rápidamente obsoletos, sin mantener mayor relación con el estado del arte de las actividades que se realicen en forma remota. Es preferible que el detalle de las herramientas de trabajo –incluidos los elementos de seguridadque deba proporcionar el empleador, las reglas sobre reparaciones y desperfectos e incluso qué sucede con estos elementos cuando finaliza la relación laboral, se acuerde en forma especial con atención a cada actividad".
Tareas de cuidado, un hecho político
En la reunión informativa de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados, Lucía Cirmi Obón, directora nacional de Políticas de Cuidado, pidió abordar el tema de las tareas de cuidado en la futura ley de teletrabajo, al advertir que “el costo social de cuidar está en los hombros de las mujeres”.
Cirmi Obón, titular de la dirección que depende del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad, destacó que incluir las políticas de cuidado en este debate “es un hecho político”.
Fue uno de los puntos que se incluyó en el proyecto al que se dio media sanción.
La UIA y la UIM dicen que el teletrabajo no afecta en esa distribución de tareas: "Consideramos que es una cuestión que requiere de un abordaje integral y que no debería tratarse en forma aislada con ocasión de la regulación de una modalidad de trabajo. Las tareas de cuidado tienen un impacto también en las modalidades presenciales de trabajo, no consideramos apropiado incorporar distinciones que en la práctica puedan obstaculizar el otorgamiento del teletrabajo"
Sigue: "En particular, por la heterogeneidad de las tareas y los puestos de trabajo que pueden desarrollarse en forma remota conectada, estos tienen consecuencias distintas en la vida personal y familiar, máxime si consideramos la posibilidad de que esta modalidad sea acordada en forma total o parcial"
Este es el documento de la UIA al que se adhirió la UCIM:
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